Este es el documento que obliga a Armengol a impartir el 25% de la enseñanza en español
Un informe del Defensor del Pueblo deja claro que las sentencias del Constitucional y del Supremo sientan jurisprudencia
El mismo informe ratifica que el castellano debe ser lengua vehicular en la enseñanza
Armengol desoye las sentencias judiciales y mantendrá la inmersión lingüística en las aulas de Baleares
Armengol sucumbe ante las presiones de los independentistas y elimina el español como lengua vehicular
El Govern balear de izquierdas que preside la socialista Francina Armengol tiene en su poder un documento del Defensor del Pueblo desde diciembre de 2020 donde queda claro que el español, junto con el catalán, debe ser lengua vehicular en la enseñanza y que los centros docentes están obligados a impartir al menos el 25% de las horas lectivas en lengua castellana.
El Defensor del Pueblo remitió un informe a la Conselleria de Educación tras la presentación de una queja por parte de la asociación de profesores Plis y en este informe le comunica que las sentencias del Tribuna Supremo y del Constitucional contra la marginación del castellano en las aulas de Cataluña han sentado jurisprudencia y son de obligado cumplimiento en toda España.
A pesar de todo ello, Baleares no cumple ninguna de las dos obligaciones que señala el Defensor del Pueblo dado que en los centros públicos de la Comunidad Autónoma se practica por regla general la inmersión lingüística en catalán. Además, en la Ley de Educación aprobada recientemente por el Parlament balear el español ha desaparecido como lengua vehicular.
La asociación de profesores Plis se ha referido este miércoles a la negativa del Govern de Armengol a impartir al menos el 25% de la enseñanza en español y recuerda que la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS) sobre la presencia del catalán en la enseñanza sí afecta a Baleares. Plis acusa a la presidenta del Govern, Francina Armengol, de mentir en varias ocasiones sobre la cuestión en el Parlament.
En una nota de prensa, el colectivo ha señalado que tanto la líder del Ejecutivo autonómico como el conseller de Educación y Formación Profesional, Martí March «saben perfectamente» que la jurisprudencia del TS obliga a todas las comunidades bilingües a impartir en cada una de las dos lenguas cooficiales al menos el 25% del horario lectivo, «pero prefieren repetir una y otra vez la mentira de que las sentencias del 25% sólo afectan a Cataluña».
Afirma Plis que la jurisprudencia que dicta la obligatoriedad del 25% está recogida en dos sentencias del TS del 23 de abril y del 28 de abril de 2015. Según han explicado, el ordenamiento jurídico establece que dos o más sentencias del TS en el mismo sentido ante casos iguales o similares, suponen jurisprudencia, aplicable en todo el Estado.
Así, para Plis, dado que la inmersión lingüística obligatoria en catalán es la misma que la existente en Cataluña, se ha de concluir necesariamente que el modelo lingüístico de Baleares está sometido a tal jurisprudencia.
Plis recuerda que la enseñanza monolingüe en comunidades autónomas con dos lenguas oficiales es ilegal, pues el modelo lingüístico contemplado en las leyes y normativa estatales y autonómicas, y sancionado por la doctrina y jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, es de conjunción lingüística.
Como ha quedado patente este martes en el Parlament, el Govern de Armengol no va a introducir ninguna modificación en su modelo educativo y proseguirá con la inmersión en catalán a pesar de las sentencias judiciales que le obligan a ofrecer al menos el 25% de las horas lectivas en español.
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