La DGT sorprende: Carnet de conducir gratis para quienes cumplan esta condición

Renovar el carnet de conducir puede salirte muy barato.

Adiós a tu carnet de conducir.

Cambio confirmado en el carnet por puntos.

  • Juan Carlos Acero
  • Desde 2014 especializado en la redacción de contenidos y el marketing. Me encanta escribir sobre automoción y el mundo de la empresa. En mi carrera como redactor he escrito para multitud de medios especializados.

Uno de los documentos importantes cuando se lleva un coche es el carnet de conducir. La DGT en este sentido destaca que tanto si se usa profesionalmente como para uso profesional o como medio particular, existe un punto que tienen en común y es la renovación de este.

Muchos de los conductores tienen que renovar el carnet de conducir cada diez años. El organismo lo dice en su página web que los AM,A1,A2, A y B para automóviles y motocicletas se tienen que renovar cada cinco años. En el caso de los permisos profesionales de camiones y autobuses lo tienen que hacer cada tres.

Un trámite que tiene un precio fijo y al que hay que sumarle el coste del apto médico. A pesar de ello, hay una forma para evitar el pago por renovar y contar con el nuevo carnet de conducir completamente gratuito al cumplir con este requisito natural.

¿Cómo renovar tu licencia de conducir?

Renovar el carnet.

Hay dos formas diferenciadas de proceder a la renovación de la licencia de conducir: de forma presencial en las Jefaturas Provinciales de Tráfico y en los Centros de Reconocimiento de Conductores, o mediante la página web del Registro Electrónico.

Para tener acceso es necesario contar con el DNI electrónico, certificado electrónico o clave. Si se hace presencial es necesario:

Para la renovación del carnet de conducir en España, se necesitan una serie de documentos:

¿Quiénes van a poder renovar el carnet de conducir gratis?

La web de la Dirección General de Tráfico dicen que la renovación de la licencia de conducir sin contar con el reconocimiento médico preciso para obtener la renovación es de 24,58 euros, algo que cambiará para los mayores de 70 años.

Fundamental pensar que los mayores de 65 años, la validez del carnet se va a reducir a 5 años y desde los 70 años, la DGT no va a cobrar el valor de la tasa de renovación, puesto que deberá solo pagar por el examen psicofísico obligatorio.

Conoce la normativa si tienes lentillas, gafas o estás operado de la vista

En el mismo epígrafe es posible que solo venga indicado «01» o que venga acompañado por el subcódigo que indique la medida correctora que tiene que llevar el conductor.

01.01. Gafas.
01.02. Lentes de contacto.
01.03. Cristales de protección.
01.04. Lentes opacas.
01.05. Recubrimiento del ojo.
01.06. Gafas o lentes de contacto.
01.07. Ayuda óptica específica.

Por esta razón, junto al lado del número 12, es posible ver el código «01.01» cuyo significado es que al conducir precisa de contar con gafas graduadas, pero que cuando es «01.02» es obligatorio que se lleven lentes de contacto.

De los códigos que te acabamos de comentar, solo el «01.06» hace posible que se utilicen unas u otras indistintamente.

Con el número 12 aparecerá el código «01.01» el cual significa que el conductor tiene que llevar las gafas graduadas, pero si es «01.02», son obligatorias las lentes de contacto.

De todas formas, solo el «01.06» posibilita el uso de unas u otras indistintamente. Dicha apreciación es fundamental porque en el caso de que te pare un agente, y lleves lentillas en lugar de gafas, te va a poder multar con doscientos euros.

La actualización del carnet es básica

Es importante que el carnet de conducir se actualice. Alternando la utilización de gafas y lentes de contacto, es posible aprovechar que renuevas el carnet para decírselo al médico y que esta información venga recogida en el carnet nuevo o pasar por un reconocimiento técnico nuevo cuando tus circunstancias de visión cambien.

No debes olvidarte de indicar que la renovación será por razones médicas, pasando a ser de 24,58€ a una reducida de 4,92€.

Lo mismo va a pasar si te sometes a una cirugía de carácter oftalmológico que elimine tus deficiencias visuales: la obligación de que tengas que llevar gafas o lentillas va a seguir vigente hasta después de la cirugía, mientras no procedas a la renovación del carnet de conducir.

Para ello, es posible hacerlo desde un mes después de la intervención, donde aportará el informe médico que corresponda.

Vas a obtener un carnet temporal que tendrá una vigencia por 12 meses, momento en el que te vas a tener que someter a una revisión nueva que fijará la vigencia del carnet.