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La DGT lo confirma: lo que tienes que hacer si vas a 120 km/h por la izquierda y alguien te quiere adelantar

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

A pesar de tener años de experiencia al volante, de vez en cuando surgen situaciones en las que no sabemos cómo actuar. Imagina que circulas por el carril izquierdo a 120 km/h en una autovía o una autopista (la velocidad máxima permitida), y de pronto un vehículo que circula detrás empieza a presionarte con maniobras insistentes o luces largas. ¿Crees que lo correcto es mantenerte en el carril y seguir circulando a la misma velocidad? La Dirección General de Tráfico (DGT) es muy clara al respecto: el carril izquierdo es única y exclusivamente para adelantar.

El artículo 31 del Reglamento General de Circulación (RGC) establece que: «Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para el mismo sentido, el conductor circulará normalmente por el situado más a la derecha». Por lo tanto, independientemente de la velocidad a la que conduzcas, tienes la obligación de ocupar el carril derecho de manera habitual y utilizar el carril izquierdo sólo para adelantar o en circunstancias que lo justifiquen. La DGT no deja margen a la interpretación: «El carril derecho es el de uso habitual. El central y el izquierdo solo se ocupan para adelantar o cuando las circunstancias lo aconsejen, siempre sin entorpecer la marcha de otros vehículos».

¿Qué dice la DGT sobre circular por el carril izquierdo a 120 km/h?

El objetivo de la normativa del organismo dirigido por Pere Navarro es mejorar la seguridad vial y la fluidez del tráfico. Permanecer en el carril izquierdo innecesariamente obliga al resto de conductores a adelantar por la derecha (una maniobra no sólo peligrosa, sino también ilegal) y provoca retenciones, lo que aumenta el riesgo de accidentes. Asimismo, se considera una infracción grave, y conlleva una multa de 200 euros.

Algunos conductores piensan que circular a la velocidad máxima permitida (120 km/h) les da derecho a mantener el carril izquierdo. Sin embargo, la normativa obliga a ceder el paso y volver al carril derecho. Aunque la norma general es clara, existen algunas excepciones específicas en las que se permite ocupar el carril izquierdo sin que se considere una infracción:

¿Qué ocurre si el vehículo que circula detrás pertenece a la Guardia Civil, Policía, bomberos o servicios de emergencia? Si tiene las señales acústicas o luminosas activadas, hay que facilitar su paso de manera inmediata y segura, independientemente del carril en el que se circule o de la velocidad propia.

Consejos prácticos para conductores

Creación de un carril de emergencia

Por otro lado, la DGT está preparando cambios en el Reglamento General de Circulación, que entrarán en vigor a partir de 2026. La novedad más relevante será la obligación de formar un carril de emergencia cuando el tráfico se detenga o avance muy lentamente, de manera que ambulancias, bomberos, policía y otros vehículos prioritarios puedan desplazarse rápidamente.

La norma establece cómo debe formarse este carril según el número de carriles de la vía: en carreteras con dos carriles por sentido, el pasillo se abrirá en el centro, dejando a los vehículos de la izquierda lo más pegados al margen izquierdo y a los de la derecha hacia el arcén. En vías de tres carriles o más, el carril de emergencia se creará entre el carril más a la izquierda y el contiguo, de modo que los vehículos de la izquierda se orillen al extremo izquierdo y el resto se desplacen hacia la derecha.

«Se trata de arbitrar un comportamiento en autopistas y autovías para facilitar el acceso a los vehículos prioritarios, agilizar el acceso y la evacuación de las víctimas de un siniestro y restablecer la circulación lo antes posible», explica Francisco de las Alas-Pumariño, jefe de la Unidad de Normativa de la DGT.