Viajar a Baleares: ¿prueba PCR, pasaporte Covid o anticuerpos?
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Las Islas Baleares son una de las más turísticas de la geografía española y podríamos decir de todo el mundo. Con las restricciones por la pandemia, ¿qué debo hacer para viajar a Baleares? ¿Necesito prueba PCR, mostrar el pasaporte Covid? Lo contamos en base al Gobierno de la Comunidad.
La finalidad es garantizar que la movilidad se realice con seguridad para mitigar el impacto sanitario, social y económico de la pandemia en la Comunidad.
¿Qué documentación debo presentar en el puerto o aeropuerto al llegar a Baleares?
Según Sanidad de la Comunidad, hay que pasar un control documental presentando el código QR que habrá obtenido al rellenar el Formulario de Control Sanitario (FCS) digital. Deben presentar el código QR aquellas personas con destino final a las Islas Baleares residentes en comunidades autónomas españolas con una incidencia acumulada a 14 días superior a 60 casos por 100.000 habitantes.
No debe presentarse si se vive en comunidades autónomas españolas con una incidencia acumulada a 14 días inferior a 60 casos por 100.000 habitantes. Tampoco los pasajeros en tránsito en un puerto o aeropuerto de las Islas Baleares con destino final a otro país u otro lugar del territorio español, ni los pasajeros procedentes de trayectos entre islas, los transportistas de mercancías, las tripulaciones de aviones y barcos comerciales o mercantes, ni los niños menores de 6 años.
Acreditación de la situación actual Covid-19
Para viajar a Baleares también hay que acreditar nuestra situación actual Covid-19 y esto se realiza con el Certificado Covid Digital UE o documento oficial acreditativo de:
- Prueba diagnóstica de infección activa de Covid-19 con resultado negativo: PCR o TMA realizada en las 72 horas previas a la llegada o test rápido de antígenos (PRAg) realizado en las 48 horas previas.
- O haber recibido la pauta completa de vacunación contra la Covid-19 a lo largo de los 8 meses previos o una dosis (si ha recibido Janssen se considera pauta completa) como mínimo 14 días antes del viaje y siempre a lo largo de los 4 meses previos
- O haber superado la enfermedad por SARS-CoV-2 dentro de los 6 meses previos. Si no dispone de CCD-EU, puede aportar resultado de prueba diagnóstica positiva emitida entre los 11 y los 180 días previos al viaje.
¿Quién está exento de la prueba diagnóstica?
Según IB Salut, no deben presentarlo los residentes en comunidades autónomas españolas con una incidencia acumulada a 14 días inferior a 60 casos por 100.000 habitantes.
Y personas que dispongan del Certificado Covid Digital UE o documento oficial acreditativo de:
Haber recibido la pauta completa de vacunación contra la Covid-19 a lo largo de los 8 meses previos o una dosis (si ha recibido Janssen se considera pauta completa) como mínimo 14 días antes del viaje y siempre a lo largo de los 4 meses previos.
Haber pasado la enfermedad hace menos de 6 meses, los pasajeros en tránsito en un puerto o aeropuerto de las Islas Baleares con destino final a otro país u otro lugar del territorio español, los pasajeros procedentes de trayectos entre islas, los transportistas de mercancías, las tripulaciones de aviones y barcos comerciales o mercantes, niños menores de 6 años, niños menores de 12 años que por motivos de sentencia judicial entre progenitores se tengan que desplazar a las Islas Baleares periódicamente. Y personas que acrediten haber estado fuera de las Islas Baleares menos de 72 horas.
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