Sánchez miente: el delito de sedición que hay en vigor no es de «hace 200 años», sino de 1995
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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, declaró el jueves a la hora de justificar su última cesión a sus socios separatistas que «estamos revisando un delito para que lo conozcan los telespectadores que fue redactado en 1822 en España, es decir, el delito de sedición nos viene de 200 años atrás, cuando en España se producían alzamientos militares», llegó a decir el jefe del Ejecutivo en una entrevista en La Sexta.
Sin embargo, el delito de sedición que está vigente en la legislación española data del año 1995, cuando se reformó el Código Penal, precisamente bajo otro Gobierno socialista, el de Felipe González.
De igual modo, este argumento falaz volvió a ser repetido el viernes en rueda de prensa en el Congreso por el portavoz socialista, Patxi López, que defendió así «armonizar y adecuar su regulación a la realidad histórica actual». En esta línea, afirmó que la figura de la sedición «es de 1922», «tiene 200 años» y «la mayoría de los Estados la han ido adaptando». También López obvió que fue en 1995 cuando se reformó el Código Penal, regulando el delito de sedición tal y como está recogido actualmente entre los artículos 544 y 549.
Por su parte, la secretaria general del PP y portavoz parlamentaria en la Cámara baja, Cuca Gamarra, denunció que «ni el delito de sedición en vigor en el Código Penal tiene 200 años ni Europa demanda que se homogeneice este delito». En este sentido, Gamarra recordó que fue con la reforma de 1995, siendo ministro de Justicia el socialista Alberto Belloch, cuando entró en vigor el actual delito de sedición, por lo que emplazó a Pedro Sánchez a que «no se escude en unas excusas bastante flojas y débiles».
«Desórdenes»
Con la nueva proposición de ley orgánica presentada este viernes por PSOE y Unidas Podemos, el Ejecutivo quiere introducir la figura de «desórdenes públicos agravados» y rebajar las penas de 15 a 5 años de cárcel y de 15 años a 8 de inhabilitación. Ante ello, el PP distribuyó también una lista de países europeos con penas similares o superiores a España en relación con la sedición, rebatiendo así la «armonización» que esgrimen los socialcomunistas.
Por ejemplo, los populares destacan que en el caso de Alemania, un delito como el de sedición se «castiga con pena de prisión perpetua o de prisión de al menos 10 años», mientras que en Francia se hace «con penas de especial gravedad» que «pueden llegar a cadena perpetua para los dirigentes».
En el caso de Italia, el PP señala que «se sanciona con una pena privativa de libertad no inferior a 12 años» mientras que en Bélgica «se castiga con penas de 20 a 30 años, imponiendo la misma pena al delito consumado y al intentado».
Además, el partido de Alberto Núñez Feijóo menciona a Portugal, donde la sedición «se castiga como delito de traición, con una pena de 10 a 20 años de prisión». Y recuerda que en Estados Unidos reservan la «denominación de sedición para la forma más grave de atentado contra el Gobierno», recoge Ep.
Fue en un informe de la Sala de lo Penal del Supremo emitido en la tramitación del indulto del Ejecutivo a los golpistas donde el Alto Tribunal precisó que «la crítica al exceso punitivo del delito de sedición castigado en el artículo 544 del Código Penal -precepto redactado por el legislador democrático en la reforma de 1995, pese a que algunos peticionarios sitúan su redacción en el siglo XIX- no puede ser el resultado de la comparación semántica de esa figura con tipos penales vigentes en sistemas extranjeros», desmontando así la versión del Gobierno.
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