El Supremo no investigará al presidente de la Audiencia Nacional por los mensajes sobre ‘Kitchen’
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El Tribunal Supremo ha rechazado admitir la querella interpuesta por Sergio Ríos Esgueva, el ex chófer del ex tesorero del Partido Popular Luis Barcenas, contra el presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, por un delito continuado de revelación de actuaciones declaradas secretas en relación con un delito de revelación de secretos y por cohecho pasivo a raíz de las conversaciones que mantuvo por WhatsApp con el ex secretario de Estado de Seguridad Francisco Martínez, durante la instrucción del caso Kitchen.
En este caso, la Sala de lo Penal considera que «no se advierte» de las conversaciones mantenidas «a lo largo, nada menos, de prácticamente un año, elemento ninguno que permita sustentar con un mínimo rigor, ni siquiera en los términos indiciarios, las imputaciones» que Ríos sostiene con relación a la conducta de Navarro.
Esos chats de mensajería salieron a la luz cuando la Audiencia Nacional terminó de incorporar a la plataforma digital todo el material derivado de las pesquisas sobre el espionaje parapolicial que se habría orquestado desde el Ministerio de Interior entre 2013 y 2015 contra el ex tesorero del PP Luis Bárcenas y su entorno para robarles todo el material comprometedor que pudieran tener del partido o sus dirigentes.
El Tribunal Supremo además añade que no existe relación de los hechos en la querella, ni en el soporte documental que acompaña a la misma querella.
En su auto concluye que se trata de un relato de hechos que “no permite identificar ninguno eventualmente constitutivo de delito” que pudiera vincularse, ni siquiera en los términos provisionales, que corresponden a este momento procesal al presidente de la Audiencia Nacional.
La Sala subraya que “ninguna concreta información reservada” es transmitida por Navarro a Martínez y que entre ellos existía una relación de amistad. Y en ese contexto -precisan los magistrados- “resulta plenamente comprensible la empatía que el querellado muestra ante las tribulaciones de su amigo, tanto las de naturaleza política».
Añade que el Señor Navarro envía continuos mensajes de tranquilidad y afecto a su amigo y que es cierto que, en algunos de esos mensajes, se expresa en términos vagamente cooperativos, afirmando que “tratará de enterarse”, que “está intentado hablar, pero está fuera de Madrid”, que “mañana le dice”, “que no le han comentado nada”.
Para la Sala, ninguno de esos mensajes define o se refiere a ninguna clase de gestión concreta que pensara implementar con ese fin y, en ese sentido, afirma que comparte la valoración del Ministerio Fiscal relativa a que sus respuestas son “meras evasivas” o “largas”. Además, señala que el propio querellante reconoce la existencia de esa relación de amistad entre ambos y que, en ese contexto, resulta insostenible que, a cambio de la información solicitada, como recoge la querella, el presidente de la Audiencia Nacional obtenía cenas y regalos del ex número dos de Interior.
Con todo, los magistrados del alto tribunal inciden en que se trata de un relato de hechos que «no permite identificar ninguno eventualmente constitutivo de delito» que pudiera vincularse, ni siquiera
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