Hosteleros reclaman a Sánchez una indemnización por «expropiar» sus negocios con el estado de alarma
Hosteleros de toda España han presentado una reclamación al Consejo de Ministros del Gobierno de Pedro Sánchez en la que solicitan una indemnización al Estado por los «daños y perjuicios» sufridos como consecuencia de las medidas de cierre adoptadas durante el estado de alarma. Subsidiariamente, piden el justiprecio por la expropiación forzosa del derecho a la explotación de sus negocios.
Según la reclamación, realizada por el bufete de abogados Cremades & Calvo Sotelo y a la que ha tenido acceso OKDIARIO, la paralización total de la actividad comercial que sufrieron el año pasado los reclamantes -titulares de actividades hosteleras en toda España y entre los que se encuentra el Asador Guadalmina, uno de los restaurantes más famosos de Marbella- se ha traducido en un «ostensible lucro cesante» que debe ser resarcido.
Para ello, el documento, con fecha del pasado 8 de abril y presentado «para agilizar su tramitación» ante la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda, plantea dos vías. En primer lugar fundamenta la solicitud en el artículo 3.2 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.
«Derecho a ser indemnizados»
Este precepto señala que «quienes como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia de estos estados sufran, de forma directa, o en su persona, derechos o bienes, daños o perjuicios por actos que no les sean imputables, tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con lo dispuesto en las leyes».
El documento recuerda cómo, a partir del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, los reclamantes se vieron obligados a paralizar de forma total su actividad comercial.
«Una paralización que fue paulatinamente atenuándose (dependiendo del lugar en el que se encontraban los locales y siempre con sometimiento a severas restricciones) a medida que se inició, a partir del mes de mayo, la fase de la desescalada y las órdenes ministeriales correspondientes, previas al fin del estado de alarma declarado por el citado decreto el 21 de junio de 2020», reza la reclamación.
Daño directo
Los hosteleros afectados consideran que reúnen los requisitos para recibir esa reclamación que contempla el art. 32.2 LO 4/1981 al existir un daño directo y cuantificable provocado directamente por las medidas adoptadas al declararse el estado de alarma, del que los reclamantes no han obtenido beneficio ni enriquecimiento injusto alguno.
De forma subsidiaria, plantean la incoación del expediente de valoración del justo precio de los derechos de los hosteleros afectados y que se acuerde conceder la indemnización que en su momento se determine o se acuerde.
En este punto, invocan la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa cuyo artículo 120 establece que «cuando por consecuencias de graves razones de orden o seguridad públicos, epidemias, inundaciones u otras calamidades, hubiesen de adoptarse por las autoridades civiles medidas que implicasen destrucción, detrimento efectivo o requisas de bienes o derechos de particulares sin las formalidades que para los diversos tipos de expropiación exige esta ley, el particular dañado tendrá derecho a indemnización de acuerdo con las normas que se señalan en los preceptos relativos a los daños de la ocupación temporal de inmuebles y al justiprecio de los muebles, debiendo iniciarse el expediente a instancia del perjudicado y de acuerdo con tales normas».
Un artículo que bebe directamente de la Constitución Española que, en su artículo 33.3, recoge: «Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes».
El bufete Cremades & Calvo Sotelo, que representa a un millar de hosteleros afectados que se han agrupado en la plataforma lahosteleriadetodos.org, ya ha presentado otras tres reclamaciones de la misma índole los días 18 y 25 de febrero y 12 de marzo. Por eso, solicita en el escrito acumular todas ellas para que se procese de forma conjunta su incoación, tramitación y posterior resolución.
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