Estrasburgo rechaza considerar víctimas de terrorismo a los familiares de etarras asesinados por los GAL
Ya hay sentencia. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha concluido que los familiares de los presuntos etarras asesinados por los GAL y el Batallón Vasco Español no pueden ser considerados víctimas del terrorismo con el objetivo de recibir una indemnización del Estado.
La reclamación sobre la que ha decidido Estrasburgo se refiere a Maria Cristina Larrañaga, Karmele Martínez Agirre y Nagore Otegi Martínez, María Antonia Ibarguren Astiagarraga, Mikel y Xabier Etxaniz Maiztegui, Ignacia Lizarraga Albaburu, Maria Belen Aguilar Pérez y Ugaitz y Aitor Elizarán Aguilar, todos parientes de las víctimas o víctimas de aquellas dos organizaciones.
Estas personas reclamaban acceso a una indemnización o la ampliación de la cuantía en los términos que estableció la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo del año 2011. Respecto a los primeros casos, el TEDH niega que les pueda dar tal consideración de víctimas del terrorismo.
La sentencia ha salido a la luz este jueves por el tribunal al considerar que la presunción de inocencia recogida en el artículo 6.2 de la Convención Europea de Derechos Humanos no puede aplicarse un procedimiento de compensación a familiares de las personas asesinadas en Francia.
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