El Constitucional rechaza el recurso de amparo de Cuixart para salir de la prisión
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado de forma unánime el recurso de amparo presentado por el presidente de Ómnium Cultural, Jordi Cuixart -juzgado estos días por rebelión- contra varias resoluciones del Tribunal Supremo que denegaron levantar la medida de prisión provisional que cumple desde el 16 de octubre de 2017.
La sentencia, cuyo fallo ha sido adelantado este martes explica que las resoluciones impugnadas en cuanto que afectan a su derecho a la libertad personal se acordaron llevando a cabo una correcta ponderación acerca de la pertinencia, adecuación y proporcionalidad de la prisión provisional, ha informado el tribunal de garantías. El ponente de la sentencia es el magistrado Andrés Ollero.
El demandante en amparo consideraba que varios de los autos confirmando la prisión dictada en su día por la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela –dictados a lo largo de 2018 tanto por el instructor de la causa, Pablo Llarena como la Sala de lo Penal de Supremo– vulneraban tanto su derecho fundamental al juez ordinario predeterminado por la ley (artículo 24.2 de la Constitución) como su derecho a la libertad personal en relación con el derecho a un juez imparcial.
La parte dispositiva de la sentencia, que es la que se ha hecho pública, tiene dos puntos: en el primero, la Sala inadmite el recurso de amparo de Jordi Cuixart en lo que respecta a la vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley; mientras que la segunda desestimar el recurso «en todo lo demás». La sentencia se notificará en los próximos días, lo que permitirá al activista acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
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