Lo que puedes reclamar a tu seguro si tu coche ha sufrido daños por la DANA
Dependerá del tipo de seguro que tengas y la compañía aseguradora con quien lo tengas contratado
Los destrozos causados por la DANA que ha azotado gran parte de España han sido muy importantes en algunas localidades. No sólo hay que lamentar muertos a causa de las riadas que se han producido en algunos lugares de la Comunidad Valenciana sino que también se han producido numerosos daños en viviendas o en coches. Las imágenes de vehículos apilados hechos chatarra en las calles de las localidades valencianas han sido de lo más impactantes y una vez pasada la tormenta llega el turno de evaluar daños y solicitar la reparación al seguro. Te contamos qué puedes solicitar a tu seguro de coche si lo dejaste en la calle, en un aparcamiento público, o en uno privado o de tu comunidad de vecinos y haya sufrido daños por la DANA.
La lluvia se erige como uno de los fenómenos atmosféricos más necesarios para países con tendencia a la desertificación como España. Ahora bien, en cantidades extremas, puede provocar daños materiales devastadores. Por ello, hay que distinguir entre los años producidos por un desastre natural y los de un accidente de tráfico u otras causas y sobre todo, verificar qué tipo de seguro tienes contratado para tu vehículo y con qué compañía.
Seguro a todo riesgo
En el caso de que dispongas de un seguro de coche a todo riesgo frente a la DANA, sea con o sin franquicia, los daños atmosféricos están incluidos, salvo que nos encontremos ante un acontecimiento extraordinario, como es el caso de una inundación. En estos casos, será el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) el que cubra los daños, aunque con excepciones: cuando la inundación del coche se haya producido por el agua que procede de una presa, un canal o una alcantarilla que se hubieran averiado o reventado por otros motivos que no sean riesgos extraordinarios. También se excluyen los daños causados por la lluvia que caiga directamente sobre el vehículo.
Seguro obligatorio
En el caso de que sólo contrataras el seguro estrictamente obligatorio para tu vehículo, las coberturas te las dará el Consorcio, no tu compañía aseguradora. Eso sí, se recomienda leer con atención las condiciones firmadas en la póliza de tu seguro pues no todas las compañías cubren los daños atmosféricos o meteorológicos y de hechos, algunas los excluyen de forma expresa, incluso de sus seguros más costosos.
Y, si no te lo cubre, entonces acudir al Consorcio. Dado que una parte de la prima del seguro se destina al CCS, eres tú mismo quien debe presentar la reclamación directamente a este organismo. Ahora bien, son varias las aseguradoras que prestan este servicio a sus clientes y se encargan de realizar en su nombre este trámite administrativo. Por ello, te recomendamos que preguntes directamente a tu seguro privado.
Plazo de reclamación
En el caso en que quisieras ser resarcido por el Consorcio, dispondrás de 2 años para solicitar su cobertura si los desperfectos sobre tu coche fueron exclusivamente materiales. Si, además, se produjeron daños sobre ti o tus acompañantes dentro del mismo, es decir, daños personales; el plazo llega a los 5 años. Ahora bien, se recomienda siempre realizar la petición en el menor tiempo posible puesto que, a los daños materiales producidos, en caso de continuar utilizándose el vehículo, se podrían sumar otros futuros e independientes de la inundación, y quizás te sea más difícil demostrar que los primeros procedieron de la DANA.
Al igual que las aseguradoras, esta entidad cubre los gastos de reparación de tu coche por la DANA o, en el caso de que tu vehículo sea declarado por tu seguro siniestro total, la entrega del dinero que proceda en tu caso, en función del modelo, la antigüedad y el estado de tu coche.
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