Madrid, Barcelona, Gran Canaria, Málaga y Palma, únicos aeropuertos con llegadas internacionales
Según la orden ministerial que publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE), los aeropuertos son: Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, Gran Canaria, Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Málaga-Costa del Sol y Palma de Mallorca.
Sólo cinco aeropuertos permitirán la llegada de visitas internacionales durante la fase de desescalada, del 16 al 24 de mayo, según ha decidido el Ministerio de Transporte y Movilidad. De igual modo, se establecen tan sólo unos puertos por los que podrá entrar la población extranjera.
Este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica una orden ministerial que manifiesta que los aeropuertos son: Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, Gran Canaria, Adolfo Suárez Madrid-Barajas, Málaga-Costa del Sol y Palma de Mallorca.
Los puertos designados como únicos puntos de entrada son los de Barcelona, Bilbao, Las Palmas de Gran Canaria, Málaga, Palma de Mallorca, Tenerife, Valencia y Vigo.
Puntos de entrada
Estas instalaciones son las que ya se establecieron como puntos de entrada con capacidad de atención de emergencias de salud pública de importancia internacional por acuerdo de Consejo de Ministros el 7 de marzo de 2014, ateniéndose al Reglamento Sanitario Internacional.
La orden publicada hoy es de aplicación a vuelos de pasajeros con origen en cualquier aeropuerto situado fuera del territorio español y a buques de pasaje que presten servicio de línea regular.
También se aplicará a buques de transbordo rodado y buques de pasaje que presten servicio de línea regular con origen en cualquier puerto situado fuera de territorio español con pasajeros que no sean los conductores de las cabezas tractoras de la mercancía rodada.
De acuerdo a las autonomías
El listado de los puntos de entrada puede modificarse, si se acuerda conjuntamente con una comunidad autónoma modificar, ampliar o restringir alguna de las medidas previstas en la orden con el fin de adaptarlas mejor a la evolución de la emergencia sanitaria en cada comunidad autónoma, y siempre de acuerdo con la propuesta que finalmente haga el ministro de Sanidad.
Las aeronaves del Estado no tendrá esta limitación, como tampoco las escalas no comerciales o los vuelos exclusivos de carga
La limitación establecida para entrar desde fuera de España sólo por esos aeropuertos no afecta a aeronaves del Estado, escalas con fines no comerciales, vuelos exclusivos de carga y posicionales, humanitarios y de emergencia.
Tampoco tienen la limitación de entrar sólo por los puertos designados los buques del Estado, los que transporten carga exclusivamente ni los que naveguen con fines humanitarios, médicos o de emergencia.
Además, el Ministerio de Sanidad puede autorizar puntualmente entrar por otras instalaciones a aeronaves o buques que transporten exclusivamente ciudadanos españoles o residentes en España, aunque, como en todos los casos exceptuados, se adoptarán medidas de control sanitario para evitar riesgos a la población de España.
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