La lista de todas las ayudas del SEPE que puedes pedir este año
Estas son todas las ayudas del SEPE para el 2024
Para este 2024 se avecinan cambios significativos a partir del 1 de junio en las ayudas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). El organismo, adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, juega un papel crucial en la gestión del sistema nacional de empleo y la protección por desempleo en nuestro país. El pasado 29 de diciembre, el Gobierno aprobó un real decreto-ley ‘omnibus’ que impactará directamente en la configuración y cuantía de los subsidios por desempleo, siempre y cuando obtenga el respaldo parlamentario necesario, ya que este se tramitará como proyecto de ley.
El nuevo marco normativo va a reducir de ocho a tres los subsidios para desempleados de larga duración y aquellos que no han cotizado lo suficiente para acceder al subsidio por desempleo. Esta modificación tendrá efectos en los nuevos solicitantes a partir de la fecha mencionada, no afectando a quienes ya estén cobrando estas ayudas en ese momento.
Subsidios por desempleo
Los subsidios por desempleo son una categoría diversa que comparte requisitos comunes, como estar en desempleo, haber agotado el ‘paro’, estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un mes desde el agotamiento de la prestación, suscribir el acuerdo de actividad y carecer de rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional.
La cuantía de estas ayudas equivale al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), lo que se traduce en aproximadamente 480 euros mensuales. Existen diferentes modalidades de subsidios:
Subsidio por desempleo con Cargas Familiares
Además de los requisitos comunes, los beneficiarios de este tipo de subsidio deben tener responsabilidades familiares, lo que implica tener a su cargo a su cónyuge, hijo menor de 26 años o con discapacidad, o personas menores acogidas que dependan económicamente del solicitante y no tengan rentas mensuales superiores al 75% del SMI.
La duración varía según la edad del beneficiario, oscilando entre seis y 30 meses, dependiendo del periodo de cotización y la edad del solicitante.
Subsidio para mayores de 45 años sin cargas familiares
Destinado a personas de al menos 45 años que no tengan cargas familiares, este subsidio tiene una duración de seis meses.
Subsidio para mayores de 52 años
Para acceder a este subsidio, los beneficiarios deben tener al menos 52 años y encontrarse en situaciones específicas, como ser emigrante retornado, liberado de prisión sin derecho a paro, o haber pasado de una invalidez total a una parcial. Se percibirá hasta alcanzar la edad ordinaria para la jubilación.
Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED)
Dirigido a quienes han agotado todas las prestaciones y otras ayudas por desempleo, este subsidio exige tener responsabilidades familiares y no haber recibido anteriormente la ayuda económica establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE). La duración máxima es de 180 días y solo se puede cobrar una vez.
Renta Activa de Inserción (RAI)
La Renta Activa de Inserción busca mejorar las oportunidades de empleo para personas desempleadas con necesidades económicas especiales y dificultades para encontrar trabajo. Además de políticas activas de empleo, proporciona una ayuda económica similar a otros subsidios por desempleo. Los beneficiarios deben participar en programas de empleo, acciones de formación o reconversión profesionales, y aceptar colocaciones adecuadas ofrecidas por el SEPE o agencias colaboradoras. La duración máxima es de 11 meses.
Cambios del SEPE el 1 de junio
Si el Gobierno obtiene el respaldo parlamentario necesario, se implementarán cambios sustanciales a partir del 1 de junio. Los subsidios se reducirán a dos supuestos de acceso general (por agotamiento y por cotizaciones insuficientes) y se mantendrá el de mayores de 52 años.
Subsidio por agotamiento de la Prestación por Desempleo
Este subsidio es para personas que han agotado la prestación por desempleo y cumplen con los requisitos generales. Se abrirá el acceso a personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares y a trabajadores eventuales del sector agrario. Las cuantías aumentarán, vinculándose al IPREM y alcanzando el 95% del indicador (aproximadamente 570 euros mensuales).
Subsidio por Cotizaciones Insuficientes
Dirigido a aquellos que no llegan a los 360 días cotizados para la prestación contributiva, se amplían los requisitos para su solicitud. La duración se unifica en seis meses prorrogables a 24 si el periodo de cotización es de al menos cuatro meses, y hasta 30 meses con una cotización de 180 o más días. Las cuantías se incrementan y estarán vinculadas al IPREM, siendo del 95%, 90% y 80% en distintas etapas.
Subsidio para Mayores de 52 años
Este subsidio mantiene su cuantía (80% del IPREM), pero se reducirá progresivamente la base de cotización en los próximos años.
Estos cambios incluyen mejoras en la accesibilidad a las ayudas, como la supresión del mes de espera obligatorio y la ampliación del plazo de solicitud a seis meses. En los subsidios con cargas familiares, no se excluirá a los solicitantes con rentas propias superiores al 75% del SMI. Además, se permitirá la compatibilidad del subsidio con contratos a tiempo parcial, convirtiéndolo en un complemento de apoyo al empleo durante un máximo de 180 días. Estas modificaciones buscan adaptar el sistema de protección por desempleo a las necesidades cambiantes de los beneficiarios y fomentar la reintegración laboral de manera efectiva.
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