Una jueza ordena indemnizar y readmitir en su trabajo a una camarera que se negó a llevar poca ropa
Una jueza de Barcelona ha ordenado a una empresa que readmita e indemnice con 6.251 euros por daños morales a una camarera a la que despidió porque se negó a vestir solo con la poca ropa que le imponían los dueños de un local de copas de la capital catalana: sujetador, culotte y medias.
La titular del Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona da la razón a la trabajadora, que prestaba sus servicios contratada por la empresa AlemanProduct SL, y ordena su «inmediata readmisión», sin que ahora se le pueda imponer este tipo de vestimenta, así como que se la indemnice al concluir que la «imposición» de llevar tan poca ropa vulneró su derecho al honor y le causó daños morales.
La trabajadora fue fichada por un contrato temporal por AlemanProduct SL el 14 de febrero de 2020 como ayudante de camarera, con un horario entre las 18:00 y las 2:00 horas y un sueldo bruto de 1.586 euros mensuales, de forma que empezó a trabajar en el local de copas «Dollhouse» de Barcelona.
La empresa, de acuerdo con su actividad, impuso a la camarera un código de vestimenta específica, que la obligaba a llevar la menor cantidad de ropa posible, en concreto bragas, culotte y sujetador.
La trabajadora no se encontraba cómoda con esta vestimenta -cuando «puntualmente» la llevó a sufrir un situación «embarazosa» con un cliente, según la sentencia- por lo que en junio de 2021 empezó a ponerse vestidos o tejanos y ropa con la que se sentía mejor.
En su sentencia, que se puede recurrir, la jueza considera «plenamente acreditados» los daños morales causados a la trabajadora por la imposición de esta vestimenta así como por las consecuencias que ello le comportó, debido al incidente que tuvo con un cliente, en una situación embarazosa que detalló una testigo en el juicio.
Por este motivo, la jueza acuerda que la empresa indemnice con 6.251 euros a la mujer, por los daños morales ocasionados, informa Efe.
Asimismo, declara la nulidad del despido por vulneración del derecho fundamental al honor, a la intimidad personal familiar y a la propia imagen, por lo que condena a la empresa a readmitir de forma inmediata a la trabajadora, sin imponerle la vestimenta que se ha determinado «contraria a los derechos fundamentales» de la demandante.
También condena a la empresa a abonar 1.613 euros a la camarera, más el 10 por ciento de intereses, en concepto de los salarios pendientes y la liquidación de vacaciones.
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