España prorroga las restricciones en la frontera interior con Portugal hasta el 1 de marzo
España ha prorrogado hasta el próximo 1 de marzo los controles en la frontera interior terrestre con Portugal con las mismas limitaciones aplicadas durante los diez días iniciales después de haber realizado diferentes consultas de coordinación con las autoridades lusas. Así lo recoge la orden publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que entra en vigor un día antes de que finalizase la orden que fijaba controles fronterizos para tratar de contener la expansión del coronavirus.
En el escrito se establece que las entradas y salidas del territorio español a través de la frontera con Portugal solo podrá realizarse por los pasos autorizados y durante los horarios que se establezcan. Estos serán publicados por la Dirección General de la Policía, la encargada de coordinar con las autoridades portuguesas el listado de pasos y horarios, e informará de ello al público.
En cualquier caso, los únicos autorizados para cruzar la frontera son los ciudadanos españoles y su cónyuge o pareja con la que mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, y aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con este.
También podrán cruzar la frontera los residentes en España, que deberán acreditar su residencia habitual, así como los estudiantes que cursen sus estudios en España, así como los residentes en otros Estados miembros o Estados asociados Schengen que se dirijan a su lugar de residencia habitual, debidamente acreditado.
Además, podrán acceder a España quienes vayan a transitar o permanecer en el territorio español por cualquier motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente. Esta
categoría incluirá, entre otros, a los trabajadores transfronterizos, trabajadores sanitarios y del transporte.
Por último, se permite el tránsito a las personas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad, o por motivos humanitarios así como el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales sitos en España, siempre que se trate de desplazamientos vinculados al desempeño de sus funciones oficiales, así como los participantes en viajes de Estado y los miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y Fuerzas Armadas para ejercer sus funciones.
Lo último en Economía
-
El fondo que ha comprado Soltec es especialista en achatarrar empresas y vender sus activos
-
Giro de 180º para estos propietarios: el cambio que llegará a España a partir de este día
-
Adiós a este famosísimo supermercado de España: cierra sus puertas y no hay vuelta atrás
-
El palo de la Seguridad Social a un jubilado: va a tener que devolver 26.000 euros por hacer esto y te puede pasar
-
Huele a lujo pero cuesta menos de 1,60 € : el gel de Mercadona que arrasa en España
Últimas noticias
-
Cumbre Putin-Trump: qué sabemos hasta ahora y qué ocurrirá con el territorio de Ucrania que desea el ruso
-
Masiva protesta en Tel Aviv contra el plan de Netanyahu para invadir Gaza, nido terrorista de Hamás
-
466 detenidos en Londres por apoyar a la organización ilegal Palestine Action, acusada de terrorismo
-
Jéssica Bouzas sigue con pie firme en Cincinnati tras ganar a Leylah Fernandez
-
La Primitiva: comprobar el resultado y número premiado hoy, sábado 9 de agosto de 2025