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Economía
Préstamos

Los economistas son firmes: «Puedes prestar dinero a un hermano y no pagar impuestos, pero siempre debe existir un contrato real de por medio»

Hacer un préstamo a un familiar es algo que podemos considerar de lo más habitual, ya sea una cantidad pequeña para afrontar un gasto imprevisto o una suma más elevada para comprar un coche, reformar una vivienda o poner en marcha un proyecto. Entre hermanos, padres e hijos es frecuente que el dinero cambie de manos sin que se piense demasiado, especialmente cuando existe confianza y ambas partes tienen claro que se devolverá.

Lo que pocas veces se piensa es en cómo se declara ese dinero y qué ocurre cuando Hacienda ve una transferencia de 5.000, 10.000 o 20.000 euros entre dos familiares. Juan Carlos Galindo, experto en delitos económicos y fiscales y conocido en TikTok como @jcgalindo_, ha hablado sobre ello a partir de una pregunta muy concreta: «¿Puedes dar, por ejemplo, 10.000 euros a mi hermano sin que Hacienda me cruja?». La respuesta es que sí se puede prestar dinero sin pagar impuestos por recibirlo, pero conviene dejar claro desde el principio que estamos ante un préstamo y no ante una donación.

Puedes prestar dinero a un hermano y no pagar impuestos

«Lo que tienes que hacer es prestarlos bien», explica Galindo durante la conversación e insiste en que las condiciones deben quedar recogidas en un contrato y pone varios ejemplos: el dinero puede devolverse mediante un único pago dentro de varios años o fraccionarse en diferentes cuotas. No importa como lo hagas sino que lo firmado responda a un préstamo real. En el contrato deberían aparecer, entre otros datos, quién presta y quién recibe el dinero, la cantidad entregada, el plazo previsto y la manera en la que se devolverá.

Además, conviene conservar las transferencias o justificantes que permitan demostrar posteriormente que las cuotas pactadas se han ido pagando. Si se firma un contrato diciendo que existen devoluciones y estas nunca llegan a producirse, será más difícil defender que realmente se trataba de un préstamo y no de una entrega de dinero a fondo perdido.

El préstamo entre familiares puede ser al 0% de interés

Hay un momento del vídeo en el que se plantea la posibilidad de prestar el dinero al 0% de interés y Galindo responde haciendo referencia a unos mínimos del Banco de España. Sin embargo, entre particulares es posible pactar un préstamo sin intereses. Precisamente por eso interesa indicarlo expresamente en el contrato. Dejar por escrito que el préstamo tiene un interés del 0% evita dudas sobre las condiciones acordadas entre los familiares. Si se pactan intereses, la situación fiscal del prestamista cambia, puesto que esos rendimientos sí tienen consecuencias tributarias.

Para quien recibe los 10.000 euros del ejemplo, el capital prestado no se convierte en una ganancia por el simple hecho de entrar en su cuenta. Como señala Galindo, existe una obligación de devolverlo: «Tú me lo das, yo lo uso, pero yo te lo devuelvo». Esa obligación es justamente una de las grandes diferencias respecto a una donación.

El Modelo 600, el trámite que no debemos olvidar

Aunque Galindo no lo menciona durante la conversación, hay otro paso importante. Los préstamos entre particulares están sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, pero se encuentran exentos de pago. Eso significa que la operación se declara, aunque la cuota a ingresar sea de cero euros. Esta gestión se realiza mediante el Modelo 600 ante la administración tributaria autonómica correspondiente.

Es la persona que recibe el préstamo quien figura como sujeto pasivo. La Agencia Tributaria de Cataluña, por ejemplo, explica que debe presentarse la autoliquidación y adjuntarse la documentación mediante la que se ha formalizado el préstamo. En Cataluña, el plazo es de un mes desde la firma del contrato. De todos modos, el procedimiento concreto debe consultarse en la comunidad autónoma correspondiente, pero la naturaleza fiscal de la operación es la misma: se trata de un préstamo sujeto a Transmisiones Patrimoniales Onerosas y exento. Por eso presentar el Modelo 600 no implica necesariamente tener que pagar. En el caso catalán, la propia Administración especifica que la cuota resultante es de cero euros.

La diferencia entre prestar dinero y regalarlo

Aquí está realmente la cuestión. Dar 10.000 euros a un hermano y no esperar que los devuelva no es lo mismo que prestárselos. Si se trata de un regalo, entramos en el terreno de las donaciones y su tributación es diferente. Un contrato privado ayuda a acreditar que existe un préstamo, pero lo que sucede después también importa. Si se han establecido unas fechas para devolver el dinero, lo razonable es que puedan acreditarse esos pagos. De ahí que resulte aconsejable utilizar movimientos bancarios identificables y guardar los justificantes.

@jcgalindo_ ¿Puedo PRESTAR DINERO a un familiar sin consecuencias de Hacienda? En este Reel te explicamos cómo lo tienes que hacer. 📝 Contrato: Define si es a 3, 5 o 10 años o el plazo que consideres. 📈 Interés: No puede ser 0%, debe seguir las indicaciones del Banco de España. 🏦 Transparencia: Movimientos por cuenta corriente o efectivo con justificante. 📑 Registro: Decláralo en tu Comunidad Autónoma (¡es obligatorio!). El dinero es tuyo, pero las reglas son de Hacienda. 🏛️ Si quieres ayudar a alguien de tu familia sin que sea un dolor de cabeza fiscal, guarda este vídeo. #Hacienda #PréstamoFamiliar #InformeGalindo #JuanCarlosGalindo #impuestos ♬ sonido original – Juan Carlos Galindo | Fraude