El complemento de 525 euros al mes que ya pueden cobrar estos jubilados: nueva ayuda confirmada del IMSERSO
El IMSERSO ofrece una ayuda de alquiler para los jubilados que cumplan con unos requisitos
El Instituto de Mayores y Servicios Sociales pone a disposición de los jubilados una ayuda para el alquiler. Los beneficiarios de una pensión no contributiva de jubilación podrán acceder a una cantidad de 525 euros anuales si no tienen una vivienda en propiedad y están en condición de arrendatario. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre esta ayuda que ofrece el IMSERSO a los jubilados que no pueden acceder a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad o en favor de familiares.
El IMSERSO pone a disposición de los españoles que no cumplan con una cotización mínima de 15 años y carezcan de rentas propias las denominadas pensiones no contributivas, que pueden ser de jubilación o de invalidez. Estas ayudas tienen como objetivo alejar al número máximo de personas de una situación de vulnerabilidad y por ello las cantidades quedan plasmadas en los presupuestos generales del estado. Después son delegadas al Instituto de Mayores y Servicios Sociales, que entrega las competencias a las comunidades autónomas.
En el año 2025, mientras que las pensiones contributivas subieron un 2,8% conforme al IPC, las no contributivas de jubilación e invalidez se incrementaron a razón de un 8%. Todo ello hasta dejar la cantidad en 7.905,80 euros anuales, que queda en 564,70 euros al mes como cantidad máxima que puede recibir un beneficiario. Esta se incrementará en función de las cargas familiares. Mientras que una persona sea beneficiaria de esta ayuda, siempre tendrá que cumplir con el principal requisito de carencia de rentas propias, que para un individuo está fijada en 7.905,80 euros, pero que aumentará en función de las personas que formen parte del núcleo familiar.
La ayuda del IMSERSO para los jubilados
La ayuda que ofrece el IMSERSO a los jubilados es un complemento de 525 euros anuales para los titulares de una pensión no contributiva que residan en una vivienda alquilada. Este va dirigido a las personas que sean beneficiarias de una pensión no contributiva de invalidez o jubilación, carezcan de vivienda en propiedad y residan en una vivienda alquilada. El plazo para solicitar este complemento finaliza el 31 de diciembre y, para acceder a esta ayuda que ofrece el IMSERSO para los jubilados, tendrán que cumplir con una serie de requisitos:
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez no contributiva.
- Carecer de vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada.
Para que se cumpla uno de los requisitos más importantes, el de tener la vivienda alquilada fijada como domicilio habitual, «se entenderá como tal cuando exista un contrato de alquiler de la vivienda de más de un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud». Según informa el IMSERSO, las personas que quieran solicitar este complemento de 525 euros anuales tendrán que presentar la solicitud en los órganos competentes de las respectivas comunidades autónomas, diputaciones forales del País Vasco y Navarra y direcciones territoriales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales de Ceuta y Melilla, que tienen atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.
A través de su página web, el IMSERSO también proporciona a los posibles beneficiarios el formulario que se debe entregar, en el que habrá que rellenar todos los datos personales y proporcionar todos los datos sobre la vivienda alquilada, así como el contrato de la que se considera la vivienda habitual del beneficiario de la pensión no contributiva. Esta iniciativa pretende ser un empujón para las personas que no cumplen con una cotización mínima de 15 años y no pueden acceder a una pensión contributiva del sistema de la Seguridad Social.
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