Alerta confirmada de Hacienda: va a vigilar todos tus movimientos del banco y puede acabar mal
Hacienda aumentará el control sobre los movimientos del banco de los ciudadanos en 2025
Hacienda aumentará en 2025 el control sobre los movimientos del dinero de todos los ciudadanos. Los bancos tendrán la obligación de comunicar a la Agencia Tributaria las transacciones que superen ciertos límites especificados en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Consulta en este artículo todo lo que debes saber para no tener ningún problema con Hacienda en los movimientos de dinero que realices en los próximos meses.
María Jesús Montero al mando del Ministerio de Hacienda se ha propuesto en este año 2025 poner el foco en todos los movimientos de dinero de los ciudadanos. Todo con el objetivo de poner fin a la economía sumergida y el blanqueo de capitales. Por ello, los bancos tendrán la obligación de poner en conocimiento de Hacienda las transacciones realizadas por los ciudadanos que superen ciertos límites o si hay incluidos, por ejemplo, billetes de 500 euros.
Este control se aumentará durante los próximos meses sobre los españoles adscritos al Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. El ministerio de Montero pondrá el foco en 2025 en los trabajadores autónomos de forma mensual y no anual como sucedía hasta la fecha. Así que cada mes los bancos recopilarán y pasarán información a la Agencia Tributaria sobre los ingresos y gastos realizados por transferencia bancaria, tarjeta de crédito o incluso aplicación Bizum.
«Desde el punto de vista recaudatorio, la obtención de información relativa a cobros con una mayor periodicidad, como puede ser el carácter mensual, y su extensión a todo tipo de cuentas y tarjetas, potenciará la evaluación del riesgo recaudatorio y la investigación, así como la adopción de medidas cautelares y de embargos con mucha mayor eficacia, agilizando la gestión recaudatoria», informaron en su día desde Hacienda sobre esta medida con respecto a los autónomos.
Hacienda y los movimientos del banco
Según marca la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, los bancos tendrán que comunicar a Hacienda los movimientos de dinero de los ciudadanos cuando superen los 3.000 euros. A partir de ahí, la Agencia Tributaria podría realizar una investigación y, en su caso, hacer un requerimiento para conocer los motivos de esta transacción de dinero. Cuando la cantidad supere los 6.000 euros, desde el fisco preguntarán por el origen y destino del dinero.
Los bancos también tendrán la obligación de comunicar a Hacienda las transacciones en las que haya un billete de 500 euros de por medio. También tendrán que poner en conocimiento de la Agencia Tributaria los créditos o préstamos de más de 6.000 euros o las transferencias que superan los 10.000 euros.
Esta norma también hace mención a los pagos y los movimientos de dinero en efectivo dentro del territorio. La Ley no pone límites a la cantidad de efectivo de la que puedes disponer, pero en caso de que supere los 100.000 euros, tendrá que ser declarado a través del modelo S1. A la hora de pagar en cualquier establecimiento, el límite de dinero efectivo está en 1.000 euros. Los bancos también tendrán que reclamar la identificación a los clientes cuando ingresen en la ventanilla esta cantidad.
Los movimientos de los bancos que controla Hacienda
Así que las diferentes entidades financieras españolas tendrán que comunicar a Hacienda los siguientes movimientos que realicen los ciudadanos. Hay que tener en cuenta que esta comunicación y posterior investigación no significa que pueda haber un requerimiento, que sí se dará en caso de cantidades más elevadas. Aun así, hay que andar con cierta precaución y lo más importante: poder justificar estas transacciones para no caer en una posible multa.
- Ingresar billetes de 5.000.
- Ingresar o recibir transferencias de más de 3.000 euros.
- Realizar ingresos o pagos de más de 10.000 euros.
- Sacar más de 1.000 euros de los cajeros.
- Préstamos o créditos de más de 6.000 euros.
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