Adiós a las notificaciones de la Seguridad Social a los trabajadores que están de baja: el giro que lo cambia todo y ya está en vigor
La Seguridad Social ha introducido un cambio en las notificaciones con los trabajadores
Ya es oficial: desde este 1 de septiembre la Seguridad Social ha cambiado la forma de notificar a los trabajadores y desde esta fecha estos avisos se realizarán a través de internet. Los casos más importantes se seguirán notificando vía correo ordinario, pero estas órdenes ahora llegarán vía electrónica, algo que especialmente tendrán que tener en cuenta los trabajadores que estén en situación de incapacidad temporal. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el cambio con las notificaciones de la Seguridad Social.
Desde este 1 de septiembre, la Seguridad Social cambia la forma de realizar notificaciones. Más bien, las Administraciones Públicas se modernizan en este aspecto y, a partir de esta fecha, sus comunicaciones irán directas a los teléfonos móviles de los trabajadores que dispongan de correo electrónico o certificado digital. Esta novedad llega a sabiendas de que estos dispositivos electrónicos ya se han convertido en un indispensable en el día a día de millones de personas en España.
Todo tiene que ver con la Orden ISM 903/2020, que regula las notificaciones electrónicas de la Administración de la Seguridad Social, que fue aprobada el pasado año 2020 y que en el artículo 4 dejaba claro que «las personas físicas que sean solicitantes o perceptoras de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural». Ahora la norma se ha modernizado para llegar a más trabajadores.
La Seguridad Social y las notificaciones a los trabajadores
En este mes de junio ha entrado en vigor la nueva Orden ISM 546/206, que moderniza este artículo número 4 para incluir a los trabajadores que sean beneficiarios de una pensión por incapacidad laboral o permanente. De esta manera, estos trabajadores recibirán las notificaciones vía electrónica, bien a través del correo o a través de los canales oficiales de la Seguridad Social, como puede ser Mi Carpeta Ciudadana, la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Así que estos trabajadores tendrán que estar atentos para responder en un plazo de 10 días a los mensajes y, en caso contrario, la Seguridad Social considerará que el pensionista en cuestión ya ha sido notificado. Esto puede tener consecuencias fatales, ya que se pueden perder plazos para presentar alegaciones o recursos y también verse suspendida esta prestación. Por ello, ahora estos ciudadanos tendrán que prestar máxima atención a todas las notificaciones de estas Administraciones Públicas.
Aviso sobre los datos de la Seguridad Social
Sebastián, un abogado laboralista que en las redes sociales es conocido como @leyesconsebas, ha avisado a los ciudadanos sobre la conveniencia de que la Seguridad Social disponga de todos los datos actualizados referidos a los números de teléfono o correo electrónico.