La Ley de Propiedad Horizontal lo confirma: si las ramas de lo árboles o las macetas del vecino se cuelan en tu terraza, el artículo 7.2 te avala
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Tener plantas en casa es algo de lo más habitual. De hecho, en muchas ciudades, donde el espacio exterior suele ser limitado, balcones y terrazas se han convertido en pequeños refugios verdes. Y es que unas macetas bien colocadas pueden cambiar por completo el ambiente ya que dan más sombra, más frescor y una sensación de intimidad que se agradece, sobre todo en verano.
El problema surge cuando ese espacio deja de ser propio y lo peor es que no ocurre de golpe, sino poco a poco. Primero son unas hojas que caen, luego algo de tierra, después el agua del riego que empieza a gotear. Y cuando te das cuenta, la terraza ya no está limpia como antes o hay que estar pendiente de lo que cae desde arriba. Es ahí cuando muchos vecinos se preguntan si tienen que aguantarlo o si pueden hacer algo. La respuesta, aunque no todo el mundo lo sabe, está en la Ley de Propiedad Horizontal que no prohíbe tener plantas, ni mucho menos, pero sí deja claro que ese uso tiene límites. Y esos límites empiezan justo cuando se afecta a otro vecino.
La Ley de Propiedad Horizontal y qué dice sobre tener plantas o macetas
La clave está en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal. No habla de macetas ni de ramas directamente, pero sí establece algo importante: ningún propietario puede realizar actividades que resulten molestas, dañinas o peligrosas para el resto. Y aquí es donde encajan muchos de los problemas habituales. Porque una cosa es tener plantas y otra distinta es que esas plantas acaben invadiendo el espacio de otros. De este modo, si el agua cae de forma constante, si la suciedad se repite o si hay daños en fachadas o techos, ya no es una simple cuestión de convivencia, sino un posible incumplimiento de la ley.
Cuándo deja de ser una molestia puntual
No todo vale para reclamar, ya que unna hoja que cae de vez en cuando o un poco de agua puntual no suelen ser suficientes. La clave está en la repetición y en la intensidad. Por ejemplo, cuando el riego es constante y el goteo acaba siendo diario, la situación cambia. Lo mismo ocurre si la tierra cae con frecuencia o si las ramas invaden claramente el espacio de la terraza inferior. En esos casos, ya no es algo anecdótico.
También hay situaciones más delicadas. Macetas mal colocadas, en barandillas o cornisas, que pueden moverse con el viento. Ahí ya no hablamos solo de molestias, sino de un posible riesgo. Y eso, lógicamente, tiene más peso a la hora de reclamar.
Qué puedes hacer si te afecta
Lo primero, aunque suene básico, es hablarlo. Muchas veces el vecino ni siquiera es consciente de lo que está pasando. Un cambio en la forma de regar, podar las ramas o recolocar las macetas puede solucionar el problema sin más. Pero si eso no funciona, entonces conviene dar un paso más y es cuando se debe comunicar al presidente de la comunidad o al administrador. La ley permite que el presidente haga un requerimiento formal para que cese la conducta y lo ideal es que quede por escrito. No es por complicar las cosas, sino porque deja constancia de que el problema existe y se ha intentado resolver.
Cuando el problema sigue
Si, aun así, no hay cambios, la comunidad puede intervenir. La junta de propietarios puede autorizar acciones legales para que la situación se corrija. En esos casos, un juez puede ordenar medidas concretas: podar, retirar macetas, reparar daños o incluso indemnizar si ha habido perjuicios. Todo depende de la gravedad y de lo persistente que haya sido el problema. Hay que tener en cuenta que la ley no busca castigar sin más, sino poner orden cuando la convivencia falla. Pero cuando se llega a este punto, suele ser porque antes no se ha conseguido una solución por otras vías.
El Código Civil también lo deja claro
Además de la Ley de Propiedad Horizontal, hay otra norma que se aplica bastante en estos casos. El artículo 592 del Código Civil. Ahí sí se menciona algo muy concreto y es que si las ramas de un árbol invaden la propiedad vecina, el afectado puede exigir que se corten. No es una opción, es un derecho. En el caso de las raíces, incluso se permite cortarlas directamente dentro de la propia propiedad. Eso sí, en comunidades de vecinos es mejor no actuar por cuenta propia sin avisar. Puede acabar generando más problemas de los que resuelve.
En definitiva tener plantas en casa es algo completamente normal y, en muchos casos, positivo. Pero no puede hacerse a costa del vecino. La convivencia en edificios obliga a ajustar ciertos hábitos. Regar de otra manera, limpiar con más frecuencia o simplemente revisar cómo están colocadas las macetas puede evitar muchos conflictos. Y en el caso de que se produzcan la ley entra, no para prohibir, sino para poner límites ya que aunque en el fondo, la terraza o el balcón son propios de cada vecino, no se permite que lo que se ponga en ella afecte a los demás.