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Un abogado habla sobre grabar conversaciones con tu móvil: esto es lo que ha dicho

Toma nota de lo que dice este abogado sobre grabar conversaciones con tu móvil

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  • Gemma Meca
  • Licenciada en Historia, máster en Periodismo y Comunicación Digital. Redactora en Ok Diario. Cuento historias, soy amante de los astros, sigo a la luna, los TT de Twitter y las tendencias en moda. Experta en noticias de consumo, lifestyle, recetas y Lotería de Navidad.

Lo que ha dicho un abogado quizás nos interese, se pueden grabar las conversaciones con el teléfono, pero con algunas novedades destacadas. Con lo cual, habrá llegado el momento de empezar a pensar en lo que está a punto de pasar y en lo que nos está esperando. Un cambio de ciclo que puede acabar siendo el que nos afecte de lleno en estos días en los que quizás tengamos alguna conversación guardada o algún problema legal, antes de usarlas, hay que saber si es legal o estaríamos cometiendo una ilegalidad.

Los abogados se encuentran cada día con este tipo de pruebas que realmente puede cambiarlo todo y que quizás nos afecte de lleno de tal forma que debemos empezar a prepararnos para lo que está por llegar. En estos días que tenemos por delante y con todo lo que nos espera, las posibilidades son enormes en todos los sentidos. Una opción de lo más recomendable que quizás hasta ahora nunca hubiéramos pensado que sería un problema. Estando ante un elemento que puede acabar siendo clave, mucho cuidado si piensas que debes o no grabar las conversaciones con tu móvil.

Grabar las conversaciones con tu móvil

Vivimos pendientes de nuestro móvil por lo que, habrá llegado el momento de empezar a pensar en lo que está por llegar. De la mano de una serie de aplicaciones que nos permite poner en práctica. Sobre todo, si tenemos en cuenta lo que supone tener este teléfono siempre en nuestro poder.

Podemos tener todo tipo de conversaciones grabando lo que nos dicen o simplemente apostando claramente por algunos elementos que quizás hasta la fecha nunca hubiéramos tenido en cuenta. Es hora de apostar claramente por ciertos elementos que pueden ser claves.

A la hora de depender de este teléfono, lo peor, si le pasa algo o si acaba en manos equivocadas, acabará con toda nuestra vida en sus manos. Las fotos son solo una parte del problema, también existen algunos detalles que quizás hasta ahora no hubiéramos tenido en cuenta.

Lo que tocará tener en consideración será un detalle que habrá llegado el momento de empezar a pensar seriamente, las conversaciones que quedan grabadas en el teléfono están dentro de una normativa. Incluidas las de WhatsApp u otras aplicaciones, aunque participemos en la conversación o tengan que ver con algunas novedades destacadas.

Esto es lo que ha dicho un abogado sobre grabar conversaciones

Los expertos en leyes saben muy bien qué es lo que nos está esperando cuando estamos ante la grabación de algunos elementos que quizás hasta ahora no habíamos tenido en cuenta. Tocará visualizar algunos cambios de ciclo que quizás hasta ahora no teníamos presente. El teléfono se convierte en una herramienta que acabará siendo un arma de doble filo.

Gersonvidal nos explican desde su blog que: «Grabar una conversación en la que participamos, tanto en formato vídeo como en audio, es totalmente legal. Es decir, que podemos grabar cualquier conversación en la que intervenimos, incluso aunque no avisemos al resto de interlocutores. La clave está en que el sujeto que graba tiene que participar en la conversación. La propia jurisprudencia del Tribunal Supremo asegura que las grabaciones de conversaciones particulares realizadas por sus participantes no vulneran el derecho al secreto de las comunicaciones reconocido en el artículo 18.3 de la Constitución Española».

Siguiendo con la misma explicación: «Sin embargo, si la conversación se graba por una persona que no interviene, podemos estar cometiendo un delito contra la intimidad o de revelación de secretos recogido en el artículo 197.1 del Código Penal. Para grabar conversaciones ajenas se requiere autorización judicial. Ni siquiera la policía puede grabar una conversación sin el permiso explícito de un juez».

Pero cuidado hay un factor que hay que conocer, antes que nada: «Si bien las grabaciones de conversaciones en las que participemos son legales, su difusión sin consentimiento del resto de intervinientes puede configurarse como un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197 del Código Penal. No obstante, el que comete la infracción no es el que grabó la conversación, sino el que la difunde o la pública».

Además, teniendo en cuenta que: «¿Pero se podrían utilizar las grabaciones de conversaciones en un juicio? Si grabamos una conversación en la que somos participantes, sí que podemos aportarla como prueba en un proceso judicial. No obstante, si se trata de una confesión no podremos utilizarla como prueba a no ser que se trate de una declaración espontánea que no haya sido preparada por el otro interlocutor. Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, ese tipo de grabaciones vulnera el derecho a no confesarse culpable o a no declarar contra sí mismo reconocido en el artículo 24.2 de la Constitución Española. No obstante, esta grabación sí que podría servir para iniciar un proceso judicial».