Comunidad Valenciana
CASO OLTRA

El juez pide imputar a Oltra por el caso de los abusos sexuales de su ex marido a una menor

  • IGNACIO MARTÍNEZ/LUIS MIGUEL MONTERO
  • VALENCIA

El titular del juzgado de instrucción Número 15 de Valencia ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) la imputación de la vicepresidenta primera de la Generalitat Valenciana y consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas Mónica Oltra. Según el auto al que ha tenido acceso OKDIARIO, «los hechos pueden ser ab initio, constitutivos de un delito de abandono de menor desvalido por omisión de los deberes inherentes a la guarda y custodia que sobre la menor tutelada se ejercía sin perjuicio de que los restantes hechos denunciados (creación ad hoc de un Informe Psicológico paralelo y para-judicial, deslegitimador de su testimonio) que se hace público una vez concluido el Juicio Penal, puedan ser asimismo constitutivos de los delitos que por la recurrente se denuncian». 

En un auto notificado este viernes también a las partes, y contra el que cabe recurso, el titular del juzgado de instrucción número 15 de Valencia sostiene que existen «indicios racionales y sólidos» de la participación de Mónica Oltra en los hechos, por los que ya se practican diligencias contra otras 13 personas en calidad de investigados, entre cargos de la Generalitat Valenciana y trabajadores del centro en que se produjeron los abusos.

El juez considera que ya no es posible progresar en la investigación sin que Oltra sea oída en calidad de investigada, sin perjudicar su derecho constitucional de defensa y sin perjudicar el derecho de acción de las acusaciones y de las defensas.

A juicio de varias de las partes personadas en este proceso los delitos que podrían llevar a Oltra al banquillo podrían sustanciarse en cinco: Delito contra la integridad moral (art. 173.2 C.P.), delitos contra la administración de justicia en las modalidades de Encubrimiento (art. 451 C.P.) y de Obstrucción a la justicia (art. 464 C.P.),  delito de Prevaricación administrativa (art. 404 C.P.) y Malversación de caudales públicos (art. 432-434 C.P. en relación al 252 C.P.).

El juez instructor del Juzgado número 15 de Valencia es demoledor en el auto que traslada la investigación sobre Mónica Oltra al TSJV: “La presente resolución se dicta por cuanto que este Magistrado Juez estima que existen indicios racionales y sólidos de la participación de la Honorable Señora Doña Mónica Oltra Jarque, Vicepresidenta del Consell de la Generalitat Valenciana y Consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat en los hechos objeto de las presentes Diligencias Previas y que, “ab initio”, pudieran tener relevancia penal conforme a lo resuelto por la Audiencia Provincial de Valencia y por cuanto que se estima que no resulta ya posible progresar en la investigación ordenada y, por ende, adoptar cualquiera de las resoluciones contempladas en el art. 779.1 LECrim, sin que Honorable señora Oltra sea oída como  investigada, sin perjudicar su derecho constitucional de defensa y sin perjudicar el derecho de acción de las partes acusadoras y de defensa de las partes acusadas”.

La resolución judicial ha sido tomada después de que el juez interrogase a 13 investigados. La causa fue iniciada el 26 de mayo de 2021 por la supuesta «inaplicación de los protocolos de actuación institucional en casos de sospecha de abusos sexuales a menores e incumplimiento de su deber de custodia y del deber de denunciar los delitos de que tengan noticia puedan haberse perpetrado contra los menores bajo su guarda». Poco antes de abrirse esta nueva causa, el 21 de marzo de 2021 el ex marido de Mónica Oltra, L.E.R.I. era sentenciado a cinco años de cárcel como responsable de un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento a una menor de 16 años, en concreto de 14 años.

El magistrado instructor ahora entiende además que “cuando tuvieron lugar los hechos Cuando tuvieron lugar los hechos enjuiciados por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, el Sr. R. I. era el marido de la Honorable Sra. Mónica Oltra Jarque, Vicepresidenta y Consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas de la Generalitat Valenciana, bajo cuya tutela se encontraba entonces la menor tutelada y, por ello, superior jerárquicamente de todos los Funcionarios Públicos que tuvieron relación con los hechos ahora investigados”. 

El juez Vicente Ríos adopta esta decisión al estimar que “no resulta ya posible progresar en la investigación ordenada” y por tanto eleva a la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de la Comunidad Valenciana una exposición razonada de los hechos para que “se adopte la resolución que estime pertinente respecto al conocimiento de los hechos delictivos imputados” y finaliza su auto: “Debo acordar y acuerdo elevar a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana Exposición Razonada de los motivos por los que estimo que la aforada Honorable Sra. Doña Mónica Oltra Jarque debe ser oída como investigada en la presente causa para que la Sala adopte la resolución que estime procedente respecto al conocimiento por la misma de los hechos presuntamente delictivos atribuidos a la aforada y los demás investigados en la causa”.

Víctima en precariedad

Mayte, la menor abusada por el ex marido de Mónica Oltra, no ha recibido todavía ayuda alguna de las instituciones municipales y autonómicas desde hace año y medio cuando dejó el centro de menores donde estaba. En ese tiempo ha tenido un hijo y espera otro para dentro de unos meses. Su abogado José Luis Roberto ha intentado empadronarla, condición indispensable para solicitar esas ayudas, pero se encuentra en compañía de su pareja en casa de un matrimonio mayor que ya tiene en acogida a otra joven. Esta otra joven recibe ya una ayuda por otra cuestión, en concreto como víctima de violencia de género.

Esa circunstancia impide que Mayte pueda empadronarse pues al haber ya una receptora de ayuda en ese domicilio si se la dieran a ella podrían quitársela a la otra joven. «Todo esto es un sinsentido porque es la pescadilla que se muerde la cola, no podemos empadronarla y sin padrón no puede solicitar ayudas… una cuestión de legalismos y formalismos pero que perpetúa la precariedad de una pareja con un niño y otro en camino», explica Roberto.