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Formentera no será una excepción y ya tiene fecha para legalizar viviendas en suelo rústico

Los propietarios que lo hagan no podrán destinarlas a alquiler vacacional

Quedan excluidas, entre otras, las situadas en zonas inundables o de costas

  • Indalecio Ribelles
  • Redactor de OKBaleares, información local de Palma, social y política. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Formentera no será una excepción y ya tiene fecha para legalizar viviendas, casas y construcciones en suelo rústico, cuyas irregularidades ya han prescrito. Estas construcciones no pueden ser demolidas por haberse superado los plazos legales, ni tienen un estatus legal reconocido, un proceso que ya está en marcha en Mallorca, Menorca e Ibiza.

Ahora también se abrirá el plazo de tres años para su legalización en Formentera si cumplen unos requisitos concretos.

El equipo de gobierno del Consell de Formentera de Sa Unió, llevará al próximo pleno la propuesta de acuerdo para aplicar en la isla la disposición adicional séptima de la Ley 7/2024, que regula el procedimiento extraordinario de legalización de edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico. Una normativa autonómica que, en este caso, tendrá condiciones específicas fijadas por el propio Consell.

El vicepresidente segundo y consejero de Territorio e Infraestructuras, Javier Serra, ha explicado que «esta propuesta no abre ninguna puerta a nuevas construcciones, ni supone una legalización automática de todo lo que existe en suelo rústico» .

Para Serra, «lo que hacemos es aplicar una herramienta legal, prevista por la normativa autonómica, para dar una salida ordenada, técnica y garantista a situaciones que ya existen», y por ello, ha precisado que «no se trata de hacer negocio, sino de dar respuesta a problemáticas reales de ciudadanos de Formentera».

El procedimiento podrá aplicarse a edificaciones, construcciones, instalaciones y usos existentes en suelo rústico, tanto en suelo rústico común como en suelo rústico protegido, siempre que cumplan los requisitos establecidos por la ley y que hayan transcurrido los plazos de prescripción correspondientes.

La propuesta que se llevará a aprobación establece que los proyectos técnicos de legalización tendrán que incorporar, además de las exigencias previstas por la ley, medidas específicas adaptadas a la realidad de Formentera.

Entre estas, habrá un sistema de depuración de aguas residuales adecuado al Plan Hidrológico de las Islas Baleares, medidas de adaptación a las condiciones generales de estética del Plan Territorial de Formentera, reducción de la contaminación lumínica, mejoras de eficiencia energética e hídrica, y el correspondiente proyecto de integración paisajística.

«No estamos hablando de una medida mayoritaria ni de una actuación que tenga que modificar el paisaje de la isla. Estamos hablando de dar salida a casos concretos, a realidades que ya están ahí y que, si no se ordenan, pueden acabar generando también un problema paisajístico por degradación o abandono», ha señalado el conseller.

La legalización ni saldrá gratis, ni todas las construcciones podrán acogerse a esta medida. En primer lugar, los propietarios interesados tendrán que pagar, además de la tasa ordinaria de licencia y de los impuestos correspondientes, una prestación económica adicional.

Esta prestación se calculará sobre el presupuesto de obra presentado en el momento de la solicitud y será del 10% si la legalización se solicita durante el primer año, del 12,5% si se presenta durante el segundo año y del 15% si se tramita durante el tercer año.

Pero no todo será legalizable. Quedan excluidos los supuestos que marca la normativa, tales como edificaciones situadas en dominio público, zonas de protección de carreteras, servidumbres de costas, servidumbres del dominio público hidráulico, zonas inundables, actuaciones sujetas a expropiación, cesión obligatoria o derribo, entre otros.

El vicepresidente ha subrayado que este procedimiento «tiene una orientación claramente ciudadana».

«Durante muchos años hemos visto disposiciones o mecanismos que han favorecido sobre todo actividades económicas o sectores empresariales. En este caso, hablamos sobre todo de ciudadanos, de familias y de viviendas que necesitan una respuesta administrativa clara», ha apuntado.

Asimismo, en el caso de las viviendas legalizadas mediante este procedimiento extraordinario, la licencia deberá hacer constar expresamente la prohibición de destinarlas a la comercialización de estancias turísticas.