El Gobierno lo avala: a partir del 1 de octubre la Guardia Civil multará a los motoristas que no lleven este nuevo accesorio obligatorio
Los conductores de motos son los más afectados por esta modificación del reglamento
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¿Puede circular por la acera un patinete eléctrico? El nuevo Reglamento de Tráfico es contundente y claro
La DGT ha puesto en marcha un nuevo Reglamento General de Circulación en España que se ha publicado en el BOE. El Real Decreto 518/2026 se aplicará a partir del 1 de octubre de este mismo año, con una serie de modificaciones importantes en las normas de tráfico y pone especial énfasis en la protección de los denominados usuarios vulnerables de la vía.
La nueva regulación afecta a diferentes ámbitos de la circulación, desde el equipamiento obligatorio de motoristas hasta los adelantamientos de ciclistas, pasando por las nuevas normas para pacientes eléctricos, bicicletas, peatones, autocaravanas, carriles de emergencia o circulación urbana.
¿Cómo afecta a los motoristas?
Los motoristas serán los más afectados con el nuevo real decreto. Los conductores y pasajeros de motocicletas deberán llevar guantes de forma obligatoria en vías interurbanas. La modificación contempla que las características de los guantes serán desarrolladas posteriormente mediante una orden ministerial. El reglamento exigirá también portar en el vehículo un chaleco reflectante de alta visibilidad que reúna los requisitos establecidos para los equipos de protección individual.
Otras de las nuevas novedades acerca de los conductores de motos es el uso imperioso de calzado cerrado que cubra todo el pie. Esta modificación se aplica tanto en vías urbanas como interurbanas. Existe la excepción si el vehículo ya consta de una estructura de autoprotección o de cinturón de seguridad.
Por otra parte, la norma renovará el régimen de los ciclomotores. El Reglamento UNECE R22 será el encargado de dictaminar cuáles serán los cascos homologados, cambiando así el reglamento anterior. Ante esta medida, los conductores y pasajeros dispondrán hasta el día uno de octubre de 2027 para realizar la modificación de este equipamiento.
La reforma también contempla que los conductores de motocicletas y ciclomotores puedan utilizar dispositivos inalámbricos certificados u homologados integrados en el casco cuando su uso sea exclusivo para la intercomunicación o navegación sin comprometer la seguridad.
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