DGT

La DGT lo confirma: esta infracción concentra más del 40% de las multas por distracciones al volante y te puede costar 6 puntos del carnet

  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Durante la última campaña de vigilancia, que tuvo lugar entre el 5 y el 11 de octubre, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil interpusieron 9.245 denuncias por distracciones al volante. El 42,3% se debieron al uso del teléfono móvil, una infracción que supone la retirada de seis puntos del carné de conducir, según el Reglamento General de Circulación. Cuando se manipula el móvil mientras está colocado en un soporte y sin sujetarlo con las manos, la sanción puede ser de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carné de conducir.

Durante esa semana, los agentes inspeccionaron 422.927 vehículos y denunciaron a 9.126 conductores por cometer distintas infracciones relacionadas con distracciones al volante. Entre las sanciones registradas, la DGT contabilizó 441 multas por conducir con cascos o auriculares conectados a dispositivos de sonido. Asimismo, se impusieron 421 denuncias a conductores que se abrochaban el cinturón de seguridad mientras circulaban. Por otro lado, se formularon 257 denuncias por leer al volante, 136 por buscar objetos con el vehículo en marcha, 112 por distraerse con el resto de ocupantes, 83 por conducir comiendo y 29 por fumar.

Multa por utilizar el teléfono móvil al volante

Según el Ministerio del Interior, hablar por teléfono mientras se conduce, incluso utilizando el manos libres, reduce la atención al volante. Durante la llamada, el conductor puede dejar de percibir el 40% de las señales, su velocidad media disminuye un 12%, el ritmo cardiaco aumenta bruscamente y el tiempo de reacción se alarga.

Sujetar el teléfono móvil con la mano mientras se conduce constituye una infracción grave, sancionada con 200 euros de multa y la retirada de seis puntos del permiso de conducir. Esta penalización está vigente desde la reforma de la Ley de Tráfico de 2022, cuando la pérdida de puntos pasó de tres a seis. La norma también se aplica si el vehículo está detenido en un semáforo en rojo, en un atasco o esperando en un cruce, ya que sigue formando parte de la circulación aunque no esté en movimiento.

El móvil debe colocarse en un soporte que no reduzca la visibilidad ni interfiera con los airbags o los mandos del vehículo. Sin embargo,  acciones como cambiar de canción, ajustar el GPS o responder a un mensaje pueden acarrear una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos del carné.

Es fundamental diferenciar entre ambas infracciones:

El artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación determina que «el conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos».