Zapatero maniobra para anular su caso: cree que los chats de Plus Ultra se analizaron «sin permiso judicial»
La defensa del ex presidente también recurre al tribunal por denegar ampliar la comisión rogatoria a EEUU
La defensa del ex presidente José Luis Rodríguez Zapatero ha presentado este lunes dos escritos ante la Audiencia Nacional que abren sendas brechas legales contra el caso Plus Ultra: en el primero, exige saber qué resolución judicial autorizó a la policía a leer los WhatsApp almacenados en un disco duro intervenido en 2024; en el segundo, recurre en reforma el auto que denegó ampliar la comisión rogatoria enviada a Estados Unidos para esclarecer cómo la agencia Homeland Security Investigations obtuvo y entregó a España el contenido de un teléfono móvil. Ambas maniobras apuntan a la misma diana: dejar sin sustento probatorio la imputación que pesa sobre el ex jefe del Ejecutivo y ex líder del PSOE.
El letrado Víctor Moreno Catena y el procurador son los firmantes de los escritos, presentados en el marco de las diligencias previas que instruye el magistrado José Luis Calama.
El primer escrito se centra en el disco duro portátil denominado CRUCIAL, que habría almacenado parte de las evidencias digitales obtenidas en los registros practicados el 24 de octubre de 2024 en el despacho de un abogado en la calle Valenzuela y en su domicilio particular, ambos en Madrid. También contendría información volcada de tres teléfonos móviles analizados por el laboratorio EC3 de Europol.
Esos registros se practicaron en ejecución de una Orden Europea de Investigación procedente de Francia y de una comisión rogatoria del cantón de Ginebra, Suiza, con autorización del Juzgado Central de Instrucción número 1.
El 9 de diciembre de 2024, ese mismo juzgado acordó mediante providencia entregar a la Fiscalía Anticorrupción copia de los volcados. El 15 de enero de 2025 se formalizó la entrega del disco CRUCIAL. Cuatro días antes, el 9 de enero, el fiscal jefe había abierto ya las Diligencias de Investigación 1/2025, justificando ese paso en que «no es posible en este momento procesal remitirse a un Juzgado concreto copia del volcado de un ordenador concreto de los intervenidos».
En el marco de esas diligencias, la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF)emitió el informe, de 14 de noviembre de 2025, analizando conversaciones de WhatsApp extraídas del dispositivo. Esas mismas conversaciones, agrupadas bajo el denominado chat ‘DANILO-ESPAÑA’, figuraron después en una denuncia ante el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid en unas diligencias previas que estaban archivadas, y sirvieron de base al auto de inhibición que remitió la causa al Tribunal Central de Instancia. La Fiscalía abrió después unas terceras diligencias propias, el 4 de diciembre de 2025, reutilizando ese mismo material.
La defensa sostiene que esa concatenación de usos del mismo soporte en procedimientos distintos vulnera el principio de especialidad recogido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Su argumento es taxativo: «La habilitación judicial cuya constancia se interesa por medio de este escrito no es una mera formalidad, sino una exigencia legal autónoma e ineludible.» Y añade que «una providencia de mera entrega de soportes no contiene —ni puede contener— motivación alguna ni juicio de proporcionalidad sobre el acceso al contenido de comunicaciones privadas».
Tras un escrutinio prolijo de las actuaciones, la defensa reconoce no haber localizado el auto o autos que habrían autorizado el análisis, aunque lo achaca con calculada ironía a la «impericia de este letrado». Si esa autorización no existe, advierten, procederá un incidente de nulidad que arrastraría, por la vía de la prueba refleja, todo el material derivado empleado contra Zapatero.
Datos de la Homeland Security
El segundo escrito recurre el auto de 18 de junio de 2026 que denegó ampliar la comisión rogatoria enviada a Estados Unidos. El tribunal había acordado el 5 de junio solicitar a las autoridades norteamericanas autorización para utilizar como prueba la extracción telefónica de un dispositivo perteneciente al investigado Rodolfo Reyes, obtenida por la Homeland Security Investigations en 2021 y entregada a la policía española mediante oficio de 18 de marzo de 2026.
La defensa no discute ese primer paso, pero considera que la mera autorización americana resulta insuficiente. Sin conocer la resolución judicial o administrativa que amparó la incautación, el software utilizado para la extracción, la cadena de custodia o los mecanismos de verificación de integridad, sostiene que «no cabe utilizar un elemento probatorio extranjero… por mucho que se obtenga autorización de las autoridades del país donde se hubiera adquirido».
El instructor denegó la ampliación «mientras no se reciba la contestación al instrumento de cooperación jurídica internacional ya acordado». La defensa replica que esa espera mantiene «un material no controlado por la justicia española» como «riesgo cierto y permanente de vulneración de los derechos fundamentales».
El ex presidente compareció ante el juez el 17 de junio, y ese mismo día el instructor rechazó las medidas cautelares solicitadas por las acusaciones.
La causa, que arrancó con una denuncia inadmitida en octubre de 2024 y ha atravesado juzgados de Madrid y la Audiencia Nacional, se encuentra ahora en una encrucijada que no depende de testigos ni de contraindicios, sino de algo mucho más prosaico: un papel que acredite que alguien, con toga y competencia para ello, dio permiso para leer esos mensajes. Si ese papel no aparece, el edificio acusatorio podría derrumbarse antes de que se ponga la primera piedra del juicio oral.
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