Vox exige a Batet que aporte al Supremo su aviso de prevaricación si indultaba a Alberto Rodríguez
El Supremo pasa al ataque: pide a Batet que le informe cuándo echa al pateapolicías Rodríguez
Más trampas de Batet: indulta a Rodríguez con un informe que omite la firma de la Secretaría General
PSOE y Podemos imponen su criterio para perdonar al pateapolicías Rodríguez en contra del Supremo
El grupo parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados ha exigido a la presidenta de la Cámara, la socialista Meritxell Batet, que incorpore su voto particular al informe que le ha reclamado el Tribunal Supremo sobre la ejecución de inhabilitación del condenado Alberto Rodríguez. En ese voto particular, que fue emitido el martes por el vicepresidente cuarto, Ignacio Gil Lázaro, y al que ha tenido acceso OKDIARIO, la formación de Santiago Abascal pidió oír primero a la Junta Electoral (JEC) y alertó de un presunto delito de prevaricación en que podían incurrir los socialcomunistas de la Mesa si no aplicaban la sentencia y retiraban la condición plena de diputado a Rodríguez. Pero se opusieron a ello.
Este miércoles, el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, se ha dirigido a la presidenta del Congreso de los Diputados para que remita al Tribunal Supremo el informe sobre la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, con la finalidad de realizar la liquidación de su condena.
En su voto particular en la Mesa del martes, Ignacio Gil Lázaro fue claro ante el resto del órgano de gobierno de la Cámara, que indultó al inhabilitado Rodríguez por 6 votos (PSOE y Podemos) frente a 3 (PP y Vox). El vicepresidente cuarto solicitó que «la Mesa no tomé decisión alguna respecto a la cuestión presente en tanto no se pronuncie expresamente la JEC en los términos requeridos o en los que esta considere pertinentes en Derecho». Y advirtió: «De no estimarse esta solicitud que planteo formalmente no solo podría producirse un grave conflicto institucional sino además incurrir en causa de posible comisión de un ilícito penal en los términos que nuestra Legislación configura el correspondiente al de la prevaricación», enfatizó Gil Lázaro.
La Sala de lo Penal condenó a Alberto Rodríguez como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, a la pena de 1 mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena. En su sentencia, acordó la sustitución de la pena de prisión por una de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros.
«Claro supuesto»
Precisamente, a esa sustitución de la pena de cárcel por una sanción, se agarran los socialcomunistas y el informe -sin firma- encargado ad hoc a los letrados del Congreso, en una manipulación de la ley vigente, para que Rodríguez, que agredió a un Policía en 2014, siga de diputado. Esgrimen que la pena privativa de libertad, que sí hubiera conllevado que Rodríguez perdiera el escaño, no llegó «a nacer en ningún momento» al haber sido sustituida desde su origen por una sanción económica. Sin embargo, la pena principal sigue siendo la pena de prisión y, cuestión aparte, es la inhabilitación por inelegibilidad sobrevenida que Batet y sus socios dejan sin efecto.
«Estamos ante un claro supuesto de inhabilitación sobrevenida que conlleva la perdida inmediata de la condición de diputado» de Alberto Rodríguez, expuso Gil Lázaro este martes en la última reunión de la Mesa, remarcando que «así se desprende de la propia Sentencia que en su fundamento jurídico octavo señala literalmente que ‘la sustitución no afecta a la pena accesoria de la pena de prisión’».
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