La ley contra la brecha salarial de Podemos ‘pincha’ en el 86% de las empresas españolas
El Congreso de los Diputados ha aprobado este lunes la toma en consideración de la proposición de ley de Podemos para la igualdad retributiva entre hombres y mujeres, que iniciará ahora su trámite parlamentario. La votación ha sido apoyada por todos los grupos, a excepción del PP.
La iniciativa, sin embargo, presenta dificultades de aplicación y hace que, en la práctica, su eficacia quede limitada a una cuestión tan simple como el número de trabajadores de la empresa que se trate.
Según la proposición, las empresas tendrán que informar por ley de las nóminas de sus trabajadores, a fin de comprobar si existe o no diferencia salarial entre hombres y mujeres. Pero esta obligación sólo afectaría, en un principio, a las empresas de más de diez trabajadores. Porque en éstas, se explica, «no existe la obligación de referencia expresa en las nóminas de la información retributiva promediada y desglosada (porque carecen de comité de empresa o delegación de personal)».
El partido trata de resolver esta situación incluyendo el «derecho al acceso individual» a la información sobre los salarios de la empresa. Una circunstancia, sin embargo, que presenta limitaciones. Para empezar, que deba partir de la iniciativa del propio trabajador.
Podemos se basa en la modificación del artículo 29.1 del Estatuto de los Trabajadores, que establece el modelo de salarios. Según este artículo, ahora vigente, «el recibo de salarios se ajustará al modelo que apruebe el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, salvo que por convenio colectivo o, en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, se establezca otro modelo que contenga con la debida claridad y separación las diferentes percepciones del trabajador, así como las deducciones que legalmente procedan».
Es ahí donde el partido de Pablo Iglesias quiere incluir una «clarificación de las percepciones retributivas en nómina para que el trabajador/a conozca de dónde procede cada percepción que recibe y pueda compararla con la promediada en la empresa». La formación considera que existirá una «presunción de discriminación si la diferencia en la retribución abonada a las trabajadoras por la empresa supera en 20 puntos el abonado a los trabajadores».
Sin embargo, la previsión del nuevo artículo 29 del ET «se limita a las empresas con representantes de los trabajadores/as, lo que implica que solo obliga a las empresas de más de diez personas empleadas (o a las de más de seis en su caso, si hubieran elegido representantes)», se asume.
Según los datos del ministerio de Economía, las empresas con menos de diez empleados constituyen el principal porcentaje del tejido empresarial, a distancia. Así, a finales de 2017 se contabilizaban en España 1.326.161 empresas (entre PYMES y grandes), de las cuales 1.148.456 son ‘microempresas’, es decir, con menos de diez empleados. Esto es, un 86 por ciento del tejido empresarial español.
La proposición contempla también que las empresas con más de 250 empleados tengan que realizar una auditoría salarial que tendrá que formar parte de los planes de igualdad. Además, los trabajadores a tiempo parcial y completo tendrán los mismos derechos, los sindicatos accederán a una copia de todos los contratos y existirán medidas para compensar los efectos del cuidado de los hijos en la carrera profesional.
Podemos justifica que su proposición es una «norma pionera» que sitúa a España «a la vanguardia». Según las cifras de Eurostat, la brecha salarial en España es del 17,3%.
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