Koldo pide anular el juicio por «vulneración de sus derechos fundamentales» antes de ir al Constitucional
Koldo presenta un incidente de nulidad de actuaciones en el Tribunal Supremo de 58 páginas
Koldo García ha presentado esta mañana un incidente de nulidad de actuaciones en el Tribunal Supremo contra su juicio, alegando múltiples vulneraciones de derechos fundamentales. Se trata del paso previo antes de recurrir al Tribunal Constitucional, tal y como informó en primicia OKDIARIO.
El escrito, firmado por la letrada Leticia de la Hoz y al que ha tenido acceso este periódico, articula once motivos que, en conjunto, retratan un proceso que la defensa considera radicalmente viciado desde su origen.
La defensa de Koldo expone en 58 páginas que, a su juicio, el Tribunal Supremo ignoró cuatro escritos con «hechos nuevos relevantes» presentados tras la vista preliminar del 12 de febrero. Entre ellos destaca un informe de la UCO de fecha 24 de febrero que acreditaría que la Audiencia Nacional sigue investigando a Koldo «por los mismos ingresos en efectivo y operativa patrimonial que aquí se enjuician», constituyendo una duplicidad procesal prohibida por la Constitución.
Sobre la imparcialidad del tribunal, la defensa argumenta que el derecho al juez imparcial es un «derecho fundamental nuclear» y que plantear la recusación de cinco magistrados en la audiencia preliminar era «el ejercicio legítimo del mecanismo saneador» previsto por la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En cuanto a la competencia del Tribunal Supremo, la defensa de Koldo sostiene que retenerla tras la renuncia al acta de diputado de José Luis Ábalos el 28 de enero de 2026, apoyándose en un acuerdo plenario interno de 2014, supone una «inadmisible prórroga de jurisdicción prohibida por nuestro ordenamiento», pues ese acuerdo «carece de valor normativo y en ningún caso puede prevalecer sobre los derechos fundamentales».
Su defensa asegura que la consecuencia más grave de estos hechos es que Koldo, ciudadano no aforado, queda privado del derecho a la doble instancia penal, lo que colisiona con el artículo 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y con la doctrina del TEDH.
La negativa a plantear cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es también objeto de impugnación. La defensa considera que el argumento de que «no existe conexión con el Derecho de la Unión» es jurídicamente insostenible, puesto que el propio Auto analiza la Directiva 2012/13/UE sobre acceso a pruebas digitales.
Negar esa conexión para eludir el escrutinio del TJUE «vulnera el derecho al proceso debido» y priva a Koldo de su última garantía institucional.
Koldo dice que se «defiende a ciegas»
Respecto al cierre de la instrucción, la defensa denuncia una «defensa a ciegas» por no haber podido acceder a los dispositivos digitales incautados, esenciales para contrarrestar la tesis de la UCO. A ello se suma que la declaración del coacusado Víctor de Aldama se habría gestado en el marco de «un pacto opaco y clandestino alcanzado con la acusación a cambio de beneficios penales», lo que «pervierte las garantías del proceso» y destruye el principio de igualdad de armas.
La defensa reclama además que la causa se tramite por el Tribunal del Jurado, ya que los delitos nucleares —cohecho, malversación y tráfico de influencias— son de su competencia exclusiva. Utilizar el delito de prevaricación para arrastrar la causa al procedimiento abreviado sería «hurtar los delitos principales a su juez natural», vulnerando el orden público procesal y el principio de igualdad al ofrecer una solución distinta a la predicada por la propia doctrina de la Sala en casos anteriores.
La falta de acceso a los teléfonos y dispositivos digitales es otro de los pilares del escrito presentado por Koldo. Sin esa evidencia es imposible, según la defensa, elaborar una contrapericial tecnológica independiente que verifique los códigos hash, los metadatos y la cadena de custodia.
«Ejercer la contradicción solo sobre el material que la acusación ha decidido filtrar no es igualdad de armas», concluye la defensa, añadiendo que la apertura de los dispositivos sin presencia de la defensa ni del Letrado de la Administración de Justicia destruye cualquier garantía de integridad probatoria.
Investigación prospectiva
Se denuncia igualmente una investigación prospectiva sobre hechos —el rescate de Air Europa, la licencia para Villafuel, contrataciones de personal— no autorizados por el Congreso mediante suplicatorio. Al actuar así, el Tribunal «se ha arrogado una competencia exclusiva del Parlamento», lo que fulmina el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley según la STC 123/2001.
El escrito culmina enumerando las pruebas denegadas: el careo con Aldama, el polígrafo, testimonios de altos cargos como Salvador Illa o Fernando Grande-Marlaska, y la pericial económica que acreditaría la inexistencia de enriquecimiento injustificado.
Sin estos medios, concluye la defensa, no hay proceso justo posible: «hay una condena anticipada por imposibilidad de defensa.»
Ábalos seguirá la misma estrategia
El ex ministro de Transportes José Luis Ábalos seguirá la misma estrategia procesal que el que fuera su asesor ministerial Koldo García. Los dos tratarán de llegar a la Corte de Garantías si es que se tumba el incidente de nulidad que acaban de poner en el Tribunal Supremo. La mayoría de estos incidentes de nulidad no prospera.
Los dos han tenido una estrategia de defensa coordinada y permanecen a la espera de juicio en prisión provisional en la cárcel de Soto del Real (Madrid).
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