La jurisprudencia del Supremo prohíbe boicots contra Israel como los que promueve Pedro Sánchez
En una sentencia de 2022 declaró que vulneraban derechos fundamentales
El Tribunal Supremo (TS) dictaminó en septiembre de 2022 que el boicot a Israel por su conflicto con Palestina supone una «discriminación», algo que precisamente está promoviendo ahora el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tanto en el plano comercial como deportivo y cultural.
El jefe del Ejecutivo reclamó el pasado lunes la expulsión de Israel de las competiciones deportivas y culturales internacionales «mientras dure la barbarie». Una presión que horas después recrudeció anunciando RTVE que España no acudirá al festival de Eurovisión si participa Israel.
Además, el Gobierno ha aprobado recientemente en el Consejo de Ministros el embargo de armas a Israel. Una iniciativa reclamada por Sumar y que Sánchez anunció el pasado 8 de septiembre dentro de un paquete de nueve medidas para, según sus palabras, «detener el genocidio en Gaza, perseguir a sus ejecutores y apoyar a la población palestina».
Con dicho Real Decreto busca que se «consolide jurídicamente el embargo de armas a Israel» que se ha venido aplicando de facto desde octubre de 2023 y que se «establezca la prohibición legal y permanente de comprar y vender armamento, munición y equipamiento militar» a este país.
Sentencia histórica
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo se pronunció sobre el boicot a Israel en una sentencia en la que abordó un acuerdo aprobado por el Ayuntamiento de Reinosa (Cantabria), en un Pleno en julio de 2016, entonces en manos de José Miguel Barrios, del Partido Regionalista de Cantabria.
En la resolución concluyó que un ayuntamiento hace «discriminación de terceros» y vulnera, por tanto, «derechos fundamentales» si se declara «espacio libre de apartheid israelí» y decide boicotear la contratación de empresas de Israel alegando que este país incumple el Derecho Internacional por su conflicto con Palestina.
En consecuencia, anuló un punto que instaba a declarar el municipio Espacio Libre de Apartheid Israelí (ELAI), difundirlo entre la ciudadanía e insertar el sello de espacio libre en la web municipal.
El Supremo declaró que dicho apartado debía ser anulado al igual que lo fueron antes otros tres por decisión judicial. Así, avaló anular el que instaba a impedir contratar servicios o comprar productos a empresas cómplices de violaciones del Derecho Internacional y que no acaten el Derecho de Autodeterminación del pueblo palestino.
Igualmente, respaldó anular un apartado que instaba a no suscribir ningún convenio o acuerdo con instituciones públicas, empresas y organizaciones que participen, colaboren u obtengan beneficio económico de la violación del Derecho Internacional y de la Declaración de los Derechos Humanos.
Por último, avaló la anulación de un punto que animaba a fomentar la cooperación con el movimiento Boicot, Desinversiones y Sanciones (BDS), articulado a nivel estatal por la Red Solidaria contra la Ocupación de Palestina y a nivel autonómico y local por el Comité de Solidaridad con la Causa Árabe.
BDS, convocante de las protestas
Las protestas en la vuelta ciclista a España que se saldaron reventando el final de la competición y con 22 policías nacionales heridos fueron convocadas, entre otros, por BDS.
La citada sentencia es la número 1.161/2022, de 20 de septiembre, firmada por los magistrados Pablo Lucas Murillo de la Cueva (presidente), Celsa Pico Lorenzo (ponente), Luis María Díez-Picazo Giménez, María del Pilar Teso Gamella y José Luis Requero Ibáñez.
El procedimiento se abrió a raíz de una denuncia presentada por la Asociación Acción y Comunicación sobre Oriente Medio (ACOM), que celebró esta «sentencia histórica» del Supremo contra el boicot a Israel.
Según informó, hasta el momento había logrado ya que 85 acuerdos de adhesión al BDS hayan sido anulados por resolución judicial, tanto tribunales de primera instancia como tribunales superiores de justicia, o por los propios ayuntamientos.
ACOM es la asociación que recientemente ha denunciado ante la Audiencia Nacional a los promotores del boicot al equipo ciclista Israel-Premier Tech. Una denuncia que el juez Santiago Pedraz decidió inadmitir por falta de competencia.
ACOM dirigía su denuncia contra los autores materiales como «contra los instigadores y amparadores institucionales». Entre ellos señaló explícitamente a la red RESCOP/BDS y a dirigentes y formaciones políticas como EH Bildu, Podemos, Izquierda Unida y Sumar, que «han promovido activamente la exclusión del equipo israelí», a quienes acusa de supuestos delitos de odio, contra la seguridad vial, lesiones y desórdenes públicos.
Y anunció que seguirían más acciones legales contra otros políticos como el ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, o la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego.
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