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Fiscal general

García Ortiz pide al Supremo archivar su causa y alega que el borrado del móvil «no le permite» defenderse

La Abogacía del Estado se refiere en su recurso al novio de Ayuso: la justicia no puede "amparar a quien desprecia la verdad"

García Ortiz se aferra al móvil del que borró la información: "No ha sido hallado un solo SMS o WhatsApp"

La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que archive el caso que investiga a Álvaro García Ortiz, después de que el juez Ángel Hurtado haya procesado al fiscal general como presunto autor de un delito de revelación de secretos. García Ortiz ha sustentado su recurso a la Sala de Apelación del Alto Tribunal en ataques al magistrado, al que también acusa de hacerle «reproches innecesarios».

Con este argumento, la Abogacía -que ejerce la defensa de García Ortiz- hace alusión a la información del teléfono que el fiscal general borró. Indica que «no ha hecho desaparecer la información por capricho», por lo que el reproche de Hurtado es «innecesario», asegura. «No ha sido hallado un solo mensaje de correo electrónico, SMS, WhatsApp o de cualquier otro tipo a través del que el fiscal general reenviase el correo electrónico o informase de su contenido a terceras personas», detalla.

Según el recurso, eliminó el contenido por razones «ajenas» a las pesquisas: «Si la instrucción no ha conseguido obtener los datos del terminal telefónico al producirse el borrado, tampoco mi representado ha podido defenderse», alega.

Reproches que García Ortiz sí que hace al juez instructor, al que acusa de valerse de conclusiones «voluntaristas» e «ilógicas» para justificar su procesamiento. «Incurre en conclusiones patentemente erróneas, ilógicas o equivocadas» al «incluir imputaciones que son infundadas o voluntaristas», afirma sobre Ángel Hurtado.

«No hay prueba porque no la puede haber» de que «el fiscal general desvelase nada de lo que se le imputa ni diese publicidad a nada que no fuese la nota que el día 14 de marzo de 2024 publicó la Fiscalía». Esta nota, insiste, tenía por objetivo desmentir un «bulo».

A sus argumentos suma el de que «los hechos investigados no son constitutivos de infracción penal» y tampoco «aparece suficientemente justificada su perpetración». La presunta comisión del delito de la revelación de secretos afecta a Alberto González Amador, novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.

«No puede estar amparado» por la Justicia

García Ortiz reitera que no puede existir delito de revelación de secretos porque «una vez que el titular del derecho a la intimidad decide hacer partícipes a terceros de sus secretos o confidencias, dichas informaciones pierden su carácter reservado y su titular pierde, por consiguiente, el derecho a que no se difundan». Al hilo de ello, señala a González Amador por «informaciones facilitadas a la prensa parcialmente falsas o inexactas»: «Quien actúa con manifiesto desprecio por la verdad no puede resultar amparado por el ordenamiento jurídico, pues, lejos de contribuir a la formación de una opinión pública libre, la intoxica».

El escrito subraya las «presuntas indicaciones de Presidencia del Gobierno y otras indicaciones externas» -«canalizadas» a través de Pilar Sánchez Acera, ex asesora de Moncloa- como una de las «numerosas inferencias carentes de sustento fáctico» que reprocha al magistrado.

Justifica que el líder del PSOE madrileño por entonces (Juan Lobato), que sacó el correo en un pleno de la Asamblea de Madrid, mostró un documento «reenviado a las 08:29 horas del 14 de marzo de 2024 por Sánchez Acera» que «presenta notables diferencias respecto al correo electrónico en poder del fiscal general».

García Ortiz se refiere también a ese momento en el pleno de la Asamblea para echar en cara al juez que pretenda «apuntalar la responsabilidad penal del fiscal general a partir del eventual uso político o mediático de un documento que ya era de dominio público» -«ya había sido difundida entre profesionales de la información»-, algo que «excede por completo el juicio racional de indicios», critica.

La Abogacía del Estado cita a eldiario.es, La Sexta y la Cadena SER como medios de comunicación que «ya disponían del contenido, o incluso de una copia del correo».

Por otro lado, García Ortiz agrega que no ha habido «apenas ninguna novedad» desde que comenzó la causa en el Supremo porque «no hay otro resultado posible para el inocente que el de constatar su inocencia».