España
Ley de Amnistía

El fiscal de Tsunami sale al rescate de la amnistía y carga contra el juez Castellón por «incongruente»

Critica que lo haga "sin esperar" al resultado de "una serie de diligencias en el auto de inculpación"

Ahora, el Supremo se pronunciará sobre si es el tribunal que debe juzgar el caso

El fiscal de la Audiencia Nacional a cargo de la investigación del caso Tsunami, que ha marcado el debate sobre la Ley de Amnistía, Miguel Ángel Carballo, se ha pronunciado en contra del juez que instruye las causa, Manuel García-Castellón, porque considera «incongruente» que se remita al Tribunal Supremo el caso en el que se investiga a Carles Puigdemont, ex presidente de la Generalitat, y Ruben Wagensberg, diputado de ERC en el Parlament, ya que ambos son aforados, «sin esperar» al resultado de «una serie de diligencias en el auto de inculpación de 6 de noviembre».

Los hechos que están bajo investigación son los altercados después de la sentencia del procés, entre los que estuvieron el bloqueo al aeropuerto de El Prat, durante el cual murió un ciudadano francés a causa de un infarto, y las protestas en plaza de Urquinaona y vía Layetana en la que fueron heridos de gravedad policías, entre los cuales, uno de ellos sufrió una lesión que le causó una incapacidad permanente absoluta que le obligó a dejar el cuerpo. El juez investiga el grado de culpa de los movimientos de Tsunami y los Comités de Defensa de la República (CDR) en organizar y alentar esas protestas.

Esos delitos son los que evitarían aplicar sobre Puigdemont y Rovira la hipotética Ley de Amnistía, en caso de que mantuviera su redacción actual. El texto que se ha debatido en el Congreso de los Diputados y que, finalmente, ha sido rechazado, elimina los delitos, también de terrorismo, excepto en el caso de que se trataran de delitos cometidos «de forma manifiesta y con intención directa» y que hubieran causado «violaciones graves de derechos humanos, en particular, las previstas en el artículo 2 y 3 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y en el derecho internacional humanitario».

Un auto del juez García-Castellón consideraba que los disturbios ocasionados en las manifestaciones, en las que se estudia la convocatoria y la organización por parte de los CDR y Tsunami, provocaron un daño «incompatible con el derecho a la vida e integridad física reconocidos en el artículo 15 de la Constitución española, y el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y del que podrían ser partícipes los investigados». Por tanto, esos delitos se escaparían de la aplicación de la Ley de Amnistía y seguirían obligando a juzgar a responsables públicos como Puigdemont y Rovira.

«No se practicó, entre el auto de inculpación que justificaba no remitir la exposición razonada y el momento de efectuarlo, ninguna diligencia en relación con los dos aforados que permitiese dar el paso finalmente dado», puede leerse en el documento remitido por la fiscalía al magistrado García-Castellón. La Fiscalía identifica como «contradictorias» las dos decisiones que son próximas en el tiempo en resoluciones próximas en el tiempo.

«Resultaba del todo incongruente acordar una serie de diligencias en el auto de inculpación de 6 de noviembre y sin esperar a su resultado precipitar la remisión de la exposición razonada al Tribunal Supremo», ha manifestado Carballo.

El fiscal se ha quejado en su texto de que se han practicado «escasas diligencias» antes de elevarlo al Supremo. Además, ha apuntado que esta decisión solo se basa en los hechos conocidos sobre los disturbios que tuvieron lugar en Cataluña después de que se conociera la sentencia a los políticos del procés, «pero no, en ningún caso, a nuevos indicios de imputación contra los aforados que precipitasen, en contra de lo motivado, la remisión de la exposición al Tribunal Supremo», ha reflexionado Carballo.

«Confundir» Tsunami con los CDR

Además, el Ministerio Fiscal apunta en su documento que el magistrado García-Castellón «llega a confundir el fenómeno de Tsunami Democratic con los CDR cuando se trata de entidades o actuaciones absolutamente diferentes». «Resulta relevante en este sentido cómo se atribuye en los informes de la Guardia Civil a alguno de los aquí investigados su interés en contactar y contar con la actuación de los CDR, exponente evidente de que no se trata del mismo fenómeno», ha argumentado.

Por otro lado, ha señalado también que «ya era significativa la falta de argumentos para la concreta imputación de hechos de matiz terrorista a los investigados en el auto de 6 de noviembre». En aquel auto, se indagó en la presunta participación de Puigdemont y Rovira, y se queja Carballo de que su inclusión en la causa «se limitaba a una genérica remisión a los informes de la Guardia Civil». Por tanto, en tanto, acaba concluyendo que «la remisión de la exposición razonada al Tribunal Supremo se presenta totalmente injustificada e inmotivada, ante el nulo avance de la investigación en tal sentido».

En definitiva, el fiscal no ve delito de terrorismo en los hechos que se investigan. Por tanto, la causa debe remitirse al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En todo caso, cree que al haberse elevado exposición razonada al Tribunal Supremo, será ya esa Corte «quien decidirá sobre su competencia para conocer de los hechos».

Puigdemont ha etiquetado la investigación contra él como «una causa delirante». El que fuera presidente de la Generalitat ha ironizado con que «el fiscal general verá una prueba de la impecable justicia española, que como todo el mundo puede comprobar es de una imparcialidad indiscutible».