El fiscal pide absolver al PP y a todos los acusados en el ‘caso ordenadores’

Luis Bárcenas
El ex tesorero del PP Luis Bárcenas. (Foto: EFE)

La Fiscalía de Madrid ha solicitado que el Partido Popular y el resto de acusados del denominado caso de los ‘ordenadores de Bárcenas’, sean absueltos. Según el extesorero del PP, Luis Bárcenas, los discos duros contenían información de la ‘caja B’.

La titular del Juzgado de Instrucción nº 32 de Madrid, Rosa María Freire, abría juicio oral el pasado mes de diciembre al propio PP; la actual tesorera del partido, Carmen Navarro; el abogado Alberto Durán y el exresponsable informático de la formación José Manuel Moreno, por los delitos de daños informáticos y encubrimiento.

En su escrito, la Fiscalía concluye que los hechos recogidos durante la instrucción «no son constitutivos de infracción penal alguna». La fiscal del caso señala que la instrucción no ha permitido acreditar «cuál era la información que contenían los ordenadores» y que tampoco se ha podido demostrar que la información contenida en un pendrive, que también reclama Bárcenas, «procediera de los citados ordenadores».

El Ministerio Público recuerda que en la etapa de Bárcenas como tesorero del PP se le adjudicó un despacho en la sede de dicha formación política para su utilización “exclusiva” y “personal” donde guardaba diferentes objetos, entre ellos dos ordenadores personales, cuya propiedad no se ha podido acreditar. Ni su forma concreta de adquisición.

Pese a que el extesorero del PP denunció a la formación política de haberse apropiado indebidamente de sus ordenadores, el Juzgado de Instrucción número 21 de Madrid le respondió que para realizar una exigencia de tales características antes debía acreditar que los ordenadores eran suyos y que utilizara otra vía para reclamarlos.

Cuando Bárcenas fue interrogado en el marco del procedimiento se desdijo de sus anteriores declaraciones y señaló que en los ordenadores había datos de contabilidad e incluso aportó un pen drive “sin poder precisar en dicha declaración la información que guardaba en el Macinstosh, ya que cambió de disco duro en el mes de octubre de 2012”.

Sobre la obstrucción de la investigación de la financiación irregular del PP que habría causado la destrucción de los ordenadores, la fiscal sostiene que «no se ha acreditado que dicha información fuera relevante para las Diligencias Previas 275/2008, ni para cualquier investigación judicial».

«Tampoco se ha acreditado que el borrado ni formateo de los discos duros de los citados ordenadores haya causado daño grave al señor Bárcenas o a ninguna investigación judicial», señala el Mº Público.

 

Esta misma tarde, la Fiscalía Provincial añadía que dado que «Bárcenas desistió de ejercitar la acción penal por este hecho, ha perdido indudablemente su condición de acusación particular y, en consecuencia, las acusaciones populares carecen de legitimación para pedir la apertura de juicio oral por un delito de daños informáticos, en el que no concurre interés público que proteger al no pertenecer los ordenadores al Estado o a alguna Administración Pública». El Observatorio de Derechos Humanos DESC, Izquierda Unida y Asociación de Abogados Demócratas por Europa ADADE ejercían dicha acusación popular.

«Ello deriva», añade el Ministerio Público, «de la doctrina mayoritaria del Tribunal Supremo sobre la interpretación del artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal: Sentencias del Tribunal Supremo 1045/2007 (conocida como ‘doctrina Botin’) 54/2008 y 8/2010 (‘doctrina Atuxa’) que inexcusablemente tiene que seguir la Fiscalía».

Sobre el delito de encubrimiento, la Fiscalía sostiene que es imposible su aplicación en tanto que este tipo penal no es atribuible a una persona jurídica – art. 31 bis Código Penal (en este caso, el Partido Popular) sino que la ley sólo prevé que lo sea a una persona física. «De acuerdo a lo anterior, la Fiscalía entiende que no procede continuar la causa en relación a estos delitos» concluye.

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