PwC apela al ‘caso Bankia’ y pide al juez que sobresea el caso sobre los auditores del Popular
Asegura en un escrito ante la Audiencia Nacional que el caso ha prescrito
El juez del caso Popular cita como investigado al auditor de PwC que revisó las cuentas de la entidad
Los peritos del Banco de España confirman que el Popular debió dar pérdidas en 2014 y mintió en 2016
Los auditores de PwC que firmaron las cuentas del extinto Banco Popular, José María Sanz Olmeda y Pedro Barrio Luis han pedido al juez que investiga a los dos últimos equipos directivos de la entidad que se sobresea la causa sobre ellos, tal como ocurrió con los auditores de la salida a Bolsa de Bankia. En un escrito del pasado 26 de mayo, los dos socios de PwC solicitan al juez de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, el sobreseimiento de la causa, entre otros argumentos porque los hechos han prescrito.
Los dos socios de la auditora están imputados por su participación en la presunta falsedad de las cuentas del Popular. En el escrito se remiten a la sentencia absolutoria del caso Bankia, que destacaba que «la falsedad se comete ocultando datos verdaderos, que deberían figurar en el documento, o introduciendo datos falsos, pero no cuando se incorporan juicios de valor, de los que no puede afirmarse la falsedad, sino el acierto o el error».
Queda fuera del ámbito de actuación de los auditores, señala el escrito, la aplicación de criterios contables opinables, las discrepancias en cuanto a la interpretación del marco normativo contable aplicable en cada momento o el «excesivo optimismo» -como lo calificaron los peritos judiciales- en las estimaciones realizadas por los administradores respecto a la evolución de los activos o su deterioro.
Si esto es así para los administradores, «tanto más para los auditores que se limitan a revisar la razonabilidad de dichas estimaciones conforme al marco normativo de aplicación».
El Popular contaba con sus propios servicios de contabilidad, auditoría interna, análisis de riesgo valoración, diseño y puesta en práctica de procedimientos de control interno, y ni Barrio ni Sanz Olmeda prestaron ese tipo de servicios ni, más específicamente, ningún tipo de asesoramiento contable a la entidad auditada.
Tampoco participaron de forma alguna en la iniciativa, preparación o acuerdo de llevar a cabo una ampliación de capital, del mismo modo que no participaron, «ni podían», en la gestión o toma de decisiones de la entidad.
La labor de Sanz Olmeda respecto de las cuentas de 2015 y anteriores, y de Barrio Luis en las de 2016 consistió en emitir el informe de auditoría de las cuentas anuales, preparadas por los órganos internos y formuladas por el consejo de administración del banco. No existe en la causa «el más mínimo indicio o sospecha razonable de que Sanz Olmeda estuviera concertado con el consejo de administración para defraudar a los inversores en la ampliación de capital», añade.
Por lo que respecta a Barrio Luis, su única actuación profesional al sustituir a Sanz Olmeda fue la emisión con fecha de 26 de mayo de 2016 de un «informe de revisión limitada de estados financieros intermedios consolidados resumidos» correspondientes al primer trimestre de 2016.
El titular del juzgado central de Instrucción número 4, José Luis Calama, investiga desde 2017 a los dos últimos equipos gestores del Popular, liderados por Ángel Ron y su sucesor al frente de la entidad Emilio Saracho, por presuntos delitos societarios.
El pasado 29 de abril expiró la última prórroga de la instrucción acordada por el magistrado, por lo que previsiblemente, en las próximas semanas procederá a dar por concluida la investigación.
El juez abrió dos piezas separadas, una que investiga al equipo de Ron por la ampliación de capital de 2016, y una segunda sobre los 108 días de mandato de Saracho, que se centra en un posible delito de manipulación del mercado con noticias falsas para hacer caer el valor de la cotización.
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