El Congreso aprueba la ley que exime del IRPF al salario mínimo y el pago único a los mutualistas
El PP se ha abstenido y la norma pasa ahora al Senado, donde los populares tienen mayoría
El Congreso ha aprobado este martes la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos de motor, una norma en la que PSOE, Sumar y el BNG introdujeron una enmienda para eximir de IRPF a los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). También ha salido adelante la norma que permite el abono a los mutualistas en un sólo pago, revirtiendo la resolución del año pasado del Gobierno que les obligaba a pedir el abono año a año -tienen derecho a la devolución de cuatro ejercicios-.
En la votación, PSOE, Sumar, PNV, Bildu, ERC y BNG se han posicionado a favor, mientras que PP y Junts se han abstenido y Vox ha votado en contra. Como la comisión tenía competencia legislativa plena, no hace falta que el texto se eleve al Pleno del Congreso y será remitida directamente al Senado.
El texto que tiene como objeto principal extender la obligación de tener un seguro a vehículos agrícolas o industriales también incluye una medida para que el salario mínimo se deduzca hasta 340 euros en la declaración anual del IRPF.
Aunque la enmienda original sobre la tributación del salario mínimo era de PSOE y Sumar, el BNG sumó su firma en fase de ponencia para fijar que la deducción tiene que ser asumida exclusivamente por el Estado y para ampliar de 17.256 a 18.276 la cifra a partir de la cual el contribuyente puede acogerse a deducciones.
La reforma supone aplicar nuevas deducciones para los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo, derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatuaria, inferiores a 18.276 euros.
La deducción será de 340 euros anuales cuando los rendimientos sean inferiores al SMI de 16.576 euros y se rebajará ligeramente hasta los 18.276 euros. En concreto, habría que restar a esos 340 euros el resultado de multiplicar por 0,2 la diferencia entre los rendimientos íntegros del trabajo y 16.576 euros anuales.
La ley establece que el importe de la deducción prevista en este apartado no podrá exceder de la parte de la suma de las cuotas íntegras estatal y autonómica que proporcionalmente corresponda a los rendimientos netos del trabajo. El coste de las deducciones será asumido exclusivamente por el Estado.
La norma aprobada este martes también introduce una reforma que permitirá devolver este año en un solo pago el IRPF que los mutualistas jubilados abonaron de más y que les reconoció el Tribunal Supremo, corrigiendo así el plazo de cuatro años que está estipulado actualmente en la legislación.
El cambio normativo en cuestión supone añadir una disposición final al texto sobre seguros de motor para reformar la tramitación a seguir por la Agencia Tributaria para determinar la procedencia y, en su caso, practicar las devoluciones derivadas de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo sobre el IRPF de los mutualistas. La medida hace referencia a los periodos impositivos de 2019 y anteriores no prescritos, así como de 2020 a 2022.
De este modo, se modifica el formulario habilitado a los mutualistas para reclamar los periodos impositivos citados. Ese formulario servirá también para iniciar el correspondiente procedimiento de rectificación de autoliquidación, o de devolución iniciado mediante autoliquidación, respecto de todos los periodos impositivos afectados por el régimen específico citado, esto es, periodos de 2020 a 2022.
Otra de las medidas que incluye esta ley es una enmienda acordada entre PSOE, Sumar, ERC y BNG para que haya más criterios de transparencia por parte de las compañías aseguradoras a la hora de establecer las primas a los taxis, y particularmente cuando se produzcan incrementos en las mismas.
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