Los bancos se preparan para el próximo gran mercado: los activos digitales con las nuevas reglas europeas
BBVA obtuvo la primera autorización MiCA concedida a un banco europeo para ofrecer criptoactivos
La subida de la inflación, la presión económica sobre las familias y la rápida entrada en vigor de la normativa europea MiCA están haciendo que aumente con fuerza en España el interés por servicios de criptomonedas dirigidos a grandes instituciones.
Tanto es así que la banca española ya ha dado el paso más concreto de su historia en activos digitales. BBVA obtuvo en marzo de 2025 la primera autorización MiCA concedida a un gran banco europeo para ofrecer compraventa y custodia de criptoactivos directamente desde su aplicación.
CaixaBank y Openbank (Grupo Santander) siguieron el mismo camino, junto a Cecabank, que se posicionó como infraestructura bancaria de referencia para mercados financieros digitales.
Según datos de la CNMV, España cuenta ya con 56 proveedores de servicios de criptoactivos autorizados bajo MiCA, de los cuales 44 están habilitados para ofrecer custodia.
El objetivo de MiCA es establecer un marco regulatorio común para los mercados de criptoactivos en toda la Unión Europea, definiendo un conjunto de reglas homogéneas que afectan a la emisión, oferta y negociación de estos instrumentos.
Fecha de vencimiento: 1 de julio
La norma busca ordenar un mercado que hasta ahora presentaba un elevado grado de fragmentación, introduciendo criterios comunes que permitan su funcionamiento dentro de un entorno regulado con el fin de reforzar la transparencia y la supervisión en un entorno caracterizado por su complejidad.
El período transitorio para quienes operaban bajo el registro del Banco de España finaliza el 1 de julio de 2026, momento a partir del cual las entidades sin licencia deberán cesar su actividad.
Para los expertos de Cripto Finance, lo que MiCA deja claro es que la custodia no es un servicio más dentro de la oferta de criptoactivos: es el primero que una entidad debe resolver y el que condiciona todo lo demás.
Sin una infraestructura de custodia que cumpla los estándares del reglamento, un banco no puede ofrecer negociación, tokenización, staking ni liquidación de activos digitales.
El reglamento exige segregación patrimonial de los activos custodiados, mecanismos de prevención de conflictos de intereses entre intermediación y custodia, y medidas específicas para salvaguardar los derechos de propiedad de los clientes en caso de insolvencia del proveedor.
Esto convierte la custodia en una función que requiere una decisión de arquitectura técnica y regulatoria antes de que cualquier producto llegue al cliente final.
Para Javier Cabrera, analista de mercados, la custodia es una decisión totalmente estratégica. «Ver la custodia como una simple caja fuerte digital es un error», señala.
La custodia determina qué activos pueden soportar, la velocidad de tus liquidaciones, la capacidad de ofrecer colaterales en mercados financieros, la gobernanza de los datos de tus clientes y la seguridad ante ataques cibernéticos.
Además, el analista explica que quien controla la custodia controla la relación primaria con el cliente y el activo; quien la subcontrata a ciegas corre el riesgo de convertirse en un mero distribuidor de marca blanca prescindible.
¿Está la custodia suficientemente priorizada?
En este sentido, Cabrera señala que probablemente no se le ha prestado mucha atención a la custodia, ya que normalmente se ha puesto el foco en otro tipo de servicios como el propio trading o el staking.
Sin embargo, MiCA se orienta más bien a que, sin una solución de custodia robusta y totalmente conforme, no se puede ofrecer ningún otro servicio cripto.
Entre las posiciones en contra está la OCU, que desaconseja el bitcoin incluso con la implantación de MiCA. En su opinión, aunque la regulación introduce obligaciones de autorización, información y supervisión, no convierte a los criptoactivos en productos garantizados ni elimina el riesgo de mercado.
La ausencia de cobertura por parte de mecanismos como el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversiones se mantiene, lo que implica que la protección del inversor sigue siendo limitada en términos de recuperación del capital ante escenarios adversos.
La regulación, por tanto, ordena el mercado y establece reglas de funcionamiento, pero no altera la naturaleza de los activos ni su comportamiento en términos de riesgo.
Si bien desde Crypto Finance señalan que la posición de los bancos españoles en este mercado es estructuralmente diferente a la de las instituciones latinoamericanas.
«Lo que estamos viendo en España es exactamente lo que ocurre en todos los mercados que maduran en activos digitales: los bancos que llegan primero a la custodia institucional son los que pueden construir el resto de la oferta», indican.
La custodia es la parte más relevante del negocio cripto para un banco porque sin ella ningún otro servicio es posible.
«En España eso ya lo entienden los primeros que han obtenido la licencia MiCA. La pregunta ahora es qué harán los demás antes de que cierre el período transitoria», señala Mike Schwitalla, Chief Commercial Officer de Crypto Finance.
El pasaporte MiCA elimina las barreras nacionales que antes protegían a los operadores locales bajo registros provisionales. Esto puede ser un problema para los competidores con menos escala, que se podrían enfrentar a un incremento de la competencia.
«Todavía está por ver el movimiento dentro de Europa de las plataformas locales, pero podríamos ver un movimiento agresivo por parte de algunos operadores en vistas a aumentar su diversificación geográfica y beneficiarse de las economías de escala», señala Javier Cabrera.
Riesgo de no llegar a tiempo
El cierre del período transitorio en julio de 2026 es el momento en que el mercado de activos digitales en España quedará definitivamente estructurado en torno a las entidades que hayan resuelto la custodia.
Las que no lo hayan hecho dejarán de poder operar. Las que sí lo hayan resuelto tendrán la infraestructura necesaria para expandirse hacia negociación, tokenización y gestión de activos digitales para sus propios clientes.
Para el analista, los operadores que no cumplan con las exigencias de MiCA no solo deben cesar su actividad; de hecho, podrían enfrentarse también a sanciones, a lo que hay que sumar la fuga de clientes en busca de un operador que sí cumpla con la normativa.
«Pensamos que cada vez se le da mayor importancia a que una entidad cumpla con la normativa europea, porque suele ser más estricta y expone al inversor a menos riesgos. En el ámbito de las criptomonedas hay un poco más de incertidumbre porque todo es nuevo, pero la regulación se debería ir asentando», sentencia el analista.
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