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El 4 de noviembre de 2014 el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía publicaba el Decreto 150/2014 por el que se revocaba la concesión de la Medalla de Andalucía a doña María Isabel Pantoja Martín. Ese día, se hacía oficial una decisión sin fisuras que se tomó en el instante en el que la sentencia por la que la Audiencia Provincial de Málaga condenaba a la cantante a dos años de prisión por blanqueo de capitales se hacía firme. Si antes había habido alguna duda, por aquello de tener a una procesada condecorada con la distinción más insigne de Andalucía, ya no había ninguna. Pantoja no podía ostentar semejante honor de la tierra que la vio nacer con una condena delictiva sobre su espalda.
La normativa vigente lo dice muy claro. Desde que se crearon las Medallas de Andalucía en 1985 en calidad de título honorífico para reconocer “los méritos, acciones y servicios excepcionales o extraordinarios realizados por determinadas personas o Entidades en beneficio de la sociedad”, se estipuló también quiénes no debían tenerlas. Así, en el artículo 11 del decreto de creación de las medallas en cuestión se redactó negro sobre blanco que podrían ser revocadas a las personas que posteriormente fueran condenadas por algún hecho delictivo.
Y he aquí que con Isabel Pantoja se dieron ambos requisitos. El de la concesión, por ser “uno de los exponentes más representativos de la canción andaluza”, y el de la condena delictiva, al ratificar el Tribunal Supremo en junio del 2014 la pena de veinticuatro meses de prisión y 1.147.148,96 euros de multa por blanqueo de capitales.
La condecoración, con todos los honores que le acompañan, se le había concedido a la artista el 9 de marzo del 2002. Durante los doce años posteriores, Pantoja tuvo derecho a utilizarla cuantas veces quiso, a ocupar un asiento preferente en todos los actos que organizase la Junta de Andalucía y a recibir el tratamiento de Ilustrísima. Honores, todos ellos, que le fueron cortados de cuajo tras la sentencia. Todos menos uno, pues a día de hoy, dos años y cinco meses después de que en el Boja se publicase la revocación de la Medalla, Isabel aún no la ha entregado ante las autoridades de la Junta.
“Confiamos en la buena fe de las personas”, confirman fuentes oficiales de la Junta de Andalucía, ante la pregunta de la forma y el plazo en los que la debieran recibir de vuelta. ¿Plazo máximo? Nunca se ha fijado puesto que nunca se ha dado un caso como este. Pero lo cierto es que debiera haberlo, tal y como reza el Decreto dirigido a la intérprete de “Hasta que se apague el sol”: “se impone la obligación de la devolución en el plazo y términos determinados”. Apoyados en la citada ‘buena fe’, dicho plazo nunca se le ha puesto a la cantante, que siempre podrá ampararse en ello para tomarse su tiempo. Para la Junta, “lo importante es que se le revocaron todos los derechos que lleva implícitos la condecoración”, si bien la devolución de la medalla física sería el final de un capítulo que Pantoja se niega a cerrar.
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