La Audiencia Nacional anula la absolución de Ana Duato y ordena repetir el juicio en su contra
Ana Duato fue absuelta de todos los delitos, mientras que Imanol Arias fue condenado en julio de 2025
La Audiencia Nacional ha anulado la sentencia que absolvió a Ana Duato por fraude fiscal en el caso Nummaria, y ha ordenado repetir el juicio con un tribunal diferente. Así, estima íntegramente el recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado, en representación de Hacienda. Según la Sala, aquella resolución no justificó «en términos de lógica racional» las razones por las que descartó que existiera fraude o conocimiento de la defraudación.
Según el fallo de la Audiencia Nacional, la Sala de Apelación considera que no se explicó con argumentos suficientes cómo era posible que la actriz desconociera la existencia de un fraude fiscal, y subraya asimismo que Duato redujo su tributación al percibir ingresos a través de una sociedad instrumental creada con ayuda de su asesor fiscal, Fernando Peña.
Ana Duato ha defendido con firmeza su inocencia en todo momento, acusada de delitos fiscales relacionados con el IRPF, y ha asegurado que no estaba al tanto de dicho fraude, dado que las gestiones con la Agencia Tributaria las dejaba en manos de su asesor fiscal. Alegó que era «simplemente una actriz» sin conocimientos tributarios. Así, Duato celebró la absolución, mientras que Imanol Arias prefirió llegar a un acuerdo para que sus problemas con Hacienda no fueran a más y la condena fuera menor.
La Audiencia Nacional también cuestiona ahora que el hecho de que Ana Duato contara con asesoramiento la excluya de dolo fiscal (que el contribuyente no tenga la intención deliberada ni la voluntad de defraudar a la Hacienda Pública). El fallo incide en que la sentencia anulada no explica de manera coherente cómo la actriz desconocía la «operativa fiscal» investigada, al tiempo que participó, destaca, en la firma de contratos vinculados a la cesión de derechos de imagen, por ejemplo.
La sentencia absolutoria también implicaba al marido de Ana Duato, el productor Miguel Ángel Bernardeu. En su caso, la conclusión de los magistrados es similar: que la fundamentación utilizada para descartar la existencia de ocultación o fraude es insuficiente y que los ingresos se canalizaron a través de sociedades creadas por el propio acusado.
Asimismo, los magistrados de la Audiencia Nacional han recordado que no tienen capacidad para condenar directamente a la actriz y el productor, y que simplemente pueden revisar la motivación de la absolución. La sentencia recurrida que la recoge, sostienen, presenta «insuficiencias» que impiden mantenerla.
Por otro lado, la Sala insiste en que la repetición del juicio no supone un «pronunciamiento anticipado sobre la culpabilidad de ninguno de los dos acusados, sino únicamente la constatación de que la motivación de la absolución no supera el filtro de racionalidad exigido legalmente». También ordena repetir parcialmente el juicio contra Fernando Peña, aunque únicamente en la parte relativa a su papel como cooperador necesario en los hechos atribuidos a Duato y Bernardeu.
En junio de 2024, Ana Duato e Imanol Arias declararon en calidad de acusados por fraude fiscal. El actor optó por asumir la comisión de los delitos y el pago de la deuda tributaria para evitar la petición de cárcel, y pactó con la Fiscalía Anticorrupción. Ella, en cambio, no aceptó ningún acuerdo, pese a la presión de la posible condena, con una petición de 32 años de cárcel por parte del fiscal.
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