Desvelamos a qué se ha dedicado la viuda de Miguel Blesa en los últimos años
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Si bien del patrimonio que amasó en vida el expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa, de todo se escribió y especuló desde que saltara el escándalo de las ‘Tarjetas Black’, de las sociedades que ha capitaneado su hoy viuda, Gema Gámez Pérez, nada se sabe. Hasta hoy. LOOK sabe a qué se ha dedicado en los últimos años. Ha estado en la sombra de su difunto marido y se ha labrado una vida económica independiente lejos de la banca y sus beneficios. ¿De qué se trata?
¡De una tienda de bolsos y complementos, una peletería llamada ‘Octubre en Florida S.L’! Tras dejar de ser apoderada de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid, la economista se zambulló en una aventura empresarial ubicada en la madrileña calle Goya. Ahora bien, ¿en qué estado se encuentra esa sociedad?
El negocio, que abrió sus puertas en 2011 con un capital social de 30.000 euros, echó el cierre en el año 2013 con un resultado anual de -20.976,21 euros. En lo que respecta a la estructura ejecutiva de la entidad, Gema ha sido la administradora única y accionista mayoritaria, según la plataforma ‘Einforma’.
¿Deberán los herederos de Miguel Blesa pagar las indemnizaciones?
Cuando se produce la muerte de una persona con procedimientos judiciales pendientes, muchos son los interrogantes que sobrevuelan. El caso de Miguel Blesa no iba a ser menos. El fiscal en excedencia de la Audiencia Nacional, Ignacio Gordillo, ha apuntado esta mañana en el espacio presentado por Susana Griso, ‘Espejo Público’, que con el fallecimiento de Blesa ha quedado extinguida «la responsabilidad penal». Por tanto, las dos causas que tiene pendientes, una de ellas por los sobresueldos de Caja Madrid y por estafa en el caso de las preferentes, quedan sobreseídas y archivadas en la parte que le corresponde. Ahora bien, ¿qué ocurre con la responsabilidad civil?
Recae sobre los herederos del expresidente, quienes, en caso de aceptar la herencia, tendrán que hacer frente a las indemnizaciones de los perjudicados. «La obligación de indemnizar a los perjudicados, es una obligación que se transmite a los herederos», ha apostillado el fiscal. Eso sí, su esposa e hija, que son en este caso las herederas, podrían renunciar a la herencia si así lo desearan y por tanto no tendrían pagar las indemnizaciones. La decisión queda en sus manos.
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