La juez de la DANA imputa a la ex consellera Salomé Pradas pero rechaza investigar al presidente del Júcar
La magistrada rechaza la querella de 'Hazte Oír' contra cargos del Júcar alegando "inexistencia de indicios"
La juez rechaza llamar al presidente de la Generalitat Valenciana a declarar salvo que lo haga él voluntariamente
La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, que instruye el caso de la DANA que el 29 de octubre asoló 103 municipios de la provincia de Valencia, ha decidido llamar a declarar como investigada a la ex consellera de Emergencias del Gobierno valenciano Salomé Pradas y al ex secretario autonómico Emilio Argüeso. La magistrada ha rechazado llamar a declarar al presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, salvo que él lo solicite voluntariamente. También ha rechazado investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo.
La fecha en que Salomé Pradas y Emilio Argüeso tendrán que ir a declarar no ha sido aún determinada por la juez.
En cuanto a Salomé Pradas, la magistrada señala que tenía atribuido como máxima autoridad «el proceso de adopción de medidas de autoprotección de la población» y, con respecto a Emilio Argüeso, señala que es necesaria su declaración dada su «relevancia orgánica y por ende decisoria».
De este modo, la juez admite la querella interpuesta por la Asociación de Damnificados de la Huerta Sur respecto a ambos ex responsables de Emergencias de la Generalitat y la rechaza respecto al director general de Emergencias, una jefa de servicio, el subdirector de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a la Emergencia y el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) Miguel Polo.
La juez, además, rechaza la querella de Hazte Oír contra el ya citado presidente y otros cuatro cargos de la Confederación Hidrográfica del Júcar alegando «inexistencia de indicios» contra ellos.
En otro auto, la magistrada rechaza la declaración en calidad de testigo o investigado del presidente de la Generalitat Valenciana Carlos Mazón, sin perjuicio de que él mismo «pudiera solicitarlo».
Pero, a la vista de la instrucción realizada hasta este momento y de las peticiones de diligencias que han efectuado algunas de las personadas en el caso, la juez ha decidido comunicar al presidente del Gobierno valenciano, que es aforado, esta resolución para que tenga conocimiento de las actuaciones, conforme al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y pueda solicitar su personación.
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