Una nueva impugnación de Baleares logra frenar la llegada de hasta cuatro menas desde Canarias
Cuarto recurso contencioso administrativo ante los juzgados de Canarias contra el traslado
El Consell de Govern de Baleares ha aprobado este viernes la autorización para que la Abogacía de la Comunidad Autónoma interponga un recurso contencioso administrativo ante los juzgados de Canarias contra el traslado y reubicación de un menor inmigrante (mena) no acompañado.
Se trata del cuarto recurso que presenta el Govern a propuestas de traslado de menores extranjeros, según ha indicado el portavoz del Ejecutivo, Antoni Costa, en la rueda de prensa posterior al Consell de Govern. En estos recursos, el Govern balear alega falta de motivación, incumplimiento de procedimiento y saturación del sistema.
La Abogacía interpuso un recurso contra el traslado de dos menores el pasado mes de octubre y otro el pasado diciembre.
De momento, no ha llegado a Baleares ninguno de los cuatro menores propuestos para traslado y tampoco hay resoluciones sobre los otros recursos. En caso de que las resoluciones sean desfavorables, ha dicho Costa, el Govern continuará recurriendo los traslados.
En concreto, el recurso se ha presentado ante el Tribunal de Instancia, Sección Contencioso-Administrativa, de Las Palmas de Gran Canaria, contra la Resolución de 9 de enero de 2026 del delegado del Gobierno en Canarias, por la que se acuerda el traslado y la reubicación de un menor extranjero no acompañado a Baleares.
Dicha resolución establece que los servicios de protección de la Comunidad Autónoma de Baleares asuman la tutela y custodia del menor, en aplicación del Real Decreto-ley 2/2025, de 18 de marzo, y del Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, relativos a la gestión de situaciones de contingencia migratoria extraordinaria.
Ambas normas han sido previamente impugnadas por la Abogacía de la Comunidad Autónoma, con la autorización del Consell de Govern.
Según la Abogacía, la resolución del delegado del Gobierno no motiva adecuadamente la desestimación de las alegaciones presentadas por la Comunidad Autónoma durante el período de audiencia. En este sentido, se aprecian diversas vulneraciones del procedimiento establecido para el traslado y la reubicación de menores, especialmente por la falta del previo acuerdo de la correspondiente Conferencia Sectorial.
Asimismo, la resolución no acredita que se haya procurado la búsqueda de la familia del menor ni el restablecimiento de la convivencia familiar, ni que se hayan observado los protocolos de coordinación entre las administraciones competentes en materia de protección de menores.
Tampoco consta el informe preceptivo sobre la situación del menor previsto en el artículo 5.3 del Real Decreto 658/2025, ni se ha justificado por qué no se han iniciado los trámites de repatriación al país de origen.
Por otra parte, y como ya ha reiterado el Govern en diversas ocasiones, la resolución impugnada no tiene en cuenta el nivel de ocupación de los centros de atención especializada a menores extranjeros no acompañados en las Islas ni la situación de emergencia migratoria que sufre la Comunidad Autónoma.
Actualmente, el sistema de protección y tutela del archipiélago atiende a 751 menores extranjeros no acompañados, una cifra «muy superior» a la capacidad ordinaria asignada.
En este contexto, el Ejecutivo también señala las «deficiencias» del Real Decreto 743/2025, de 26 de agosto, que fija la capacidad ordinaria del sistema de protección de cada comunidad autónoma y asigna a Baleares una capacidad de 406 menores.
Según la Abogacía, dicha asignación «se fundamenta en criterios insuficientemente justificados, con una aplicación opaca y arbitraria que genera desequilibrios territoriales y vulnera el principio constitucional de solidaridad interterritorial».
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