UGT Andalucía encargaba facturas falsas a sus socios para recibir subvenciones e inflar su bote ilegal
UGT Andalucía imputó a las ayudas autonómicas gastos sin "justificación"
La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sostiene que UGT Andalucía (UGT-A) encargaba a sus proveedores «facturas a demanda», indicándoles incluso los conceptos y las fechas, para que las mismas «entrasen en una subvención para una acción formativa». De este modo, el sindicato tenía su «bote» ilegal inflado con dinero derivado de la diferencia entre lo realmente pagado a las empresas proveedoras y las citadas facturas cargadas a las subvenciones autonómicas.
Durante el juicio que celebra la Audiencia de Sevilla contra el ex secretario general de UGT-A Francisco Fernández Sevilla y otros cuatro antiguos responsables de la organización sindical por presunto delito continuado de fraude de subvenciones en concurso con un delito continuado de falsedad en documento mercantil; un interventor de la Junta ha ratificado la tesis plasmada en su informe respecto a que el sindicato elevó a la Administración andaluza facturas «no aceptables» en el plano administrativo e imputó a las ayudas autonómicas gastos sin «justificación», al aludir a conceptos «genéricos».
El interventor de la Junta de Andalucía Luis Ayala Gallo ha comparecido este miércoles como perito, en este juicio promovido contra el ex vicesecretario de Organización y ex secretario general del sindicato Francisco Fernández Sevilla; el que fuera secretario general de Administración de UGT-A, Federico Fresneda; la ex secretaria de Gestión Económica, María Charpín; la ex responsable del departamento de Compras de UGT-A, Dolores Sánchez; el consejero delegado de la entidad Soralpe I Mas P Asociados S.L., Enrique Goicoechea; y diez personas que actuaron como proveedores del sindicato a través de las empresas que representaban.
Según el juez titular del Juzgado de Instrucción número nueve, Juan José Vélez, entre 2009 y 2013 mediaron «procedimientos concertados entre los citados responsables de UGT-A y determinados proveedores» contratados para las acciones formativas subvencionadas por la Junta de Andalucía, para que los mismos inflasen supuestamente sus facturas y el sindicato pudiese destinar a su propia economía el excedente fruto de tales facturas con cargo a las ayudas y el gasto real afrontado; incurriendo en «la aplicación de las subvenciones públicas a fines distintos» a su objeto de formación para desempleados.
Al respecto, este interventor de la Junta de Andalucía ha evaluado diferentes facturas incluidas en la causa y por las que le ha preguntado el fiscal Fernando Soto, considerando respecto a un recibo por gastos de publicidad cargados por el sindicato a las ayudas autonómicas, que se trataba de una factura «no aceptable de acuerdo a las normativas» de las ayudas, al sustentarse en un concepto muy «genérico»y no detallar su expediente «en qué consiste» la labor facturada.
Los conceptos
La normativa regulatoria de las subvenciones, según ha destacado, estipula «la necesidad de conceptuar claramente» los trabajos cuyo coste es imputado a las mismas, extremo que ha aplicado igualmente a otra factura cargada a los fondos públicos por el alquiler de unos equipos de los que no habría sido aclarados «qué» dispositivos concretos eran ni en qué habría «consistido» la acción para la cual pudiera ser necesario arrendarlos. «No se determina que el gasto sea subvencionable», ha dicho.
De este modo, Luis Ayala ha considerado que diferentes facturas que le ha mostrado el fiscal aluden a «conceptos muy genéricos», calificando a muchas de ellas como facturas «no elegibles», si bien a preguntas de las defensas ha matizado que tal calificativo se encuadra en el plano «administrativo» y que no implica necesariamente un carácter «defraudatorio».
Además, este interventor de la Junta no ha encontrado «justificación» para unos gastos de «personal, docencia o electricidad» cargados por UGT-A a las ayudas autonómicas respecto a cursos de formación, cuando el sindicato tenía «encargada la totalidad» de las acciones formativas a su fundación Instituto de Formación y Estudios Sociales (IFES), entidad que generaba y cargaba gastos por tal tarea.
Sentido justificativo
Tampoco ha encontrado «sentido justificativo» a una factura de publicidad por la difusión de los cursos de formación subvencionados, cuando la misma se hacía a través de la simple inserción de anuncios en las página web del Servicio Andaluz de Empleo (SAE), UGT o IFES; extremo que también ha aplicado a otra factura de 62.000 euros por otra «campaña publicitaria» de los cursos pero mediante correos electrónicos o mensajes a teléfonos móviles y a otra más de 103.000 euros» de Soralpe, que según UCO de la Guardia Civil habría funcionado como empresa instrumental de UGT-A, en un concepto de «asesoramiento» que no habría sido detallado.
En todos los casos, según Luis Ayala, estas facturas incurren en la sustentación de conceptos demasiado «genéricos», cuando la justificación de gastos con cargo a ayudas públicas requiere de la acreditación de una «vinculación directa» del gasto con la finalidad subvencionada como tal.
UGT-A, según ha considerado este interventor, no desplegó el necesario «esfuerzo justificativo» de los gastos cargados a las ayudas públicas, si bien ha reconocido a los abogados defensores que él carece de «evidencia» que lleve a pensar que los cursos de formación no fueron realizados y que su formación es de Derecho y no de Economía.
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