A prisión una educadora del Juzgado de Menores de Melilla por vender informes favorables
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a dos años de prisión y una multa de 12 meses a razón de 10 euros de cuota diaria, en total 7.300 euros, a una educadora del Juzgado de Menores de Melilla, R. C. M., por la comisión de un delito de cohecho por haber pedido dinero e incluso haber llegado a cobrarlo a cambio de informes psicosocial-educativo favorables a personas que iban a ser juzgadas.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal ha rechazado el recurso presentado por R.C.M. a la sentencia dictada en 2018 por un Tribunal del Jurado en Melilla y tan solo admite que la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo, e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 5 años, sea únicamente «sobre cualquier empleo o cargo público relacionado con la Administración de Justicia».
El auto judicial ha recogido que la educadora del Juzgado de Menores melillense R.C.M. ostenta, desde el 3 de marzo de 2011, la condición de personal laboral fijo de la Administración General del Estado sometida al III Convenio Colectivo único para el personal laboral de la administración laboral del Estado, siendo su centro de trabajo de destino el Juzgado de Menores número 1 de Melilla, formando parte del Equipo Técnico que realiza los informes psicosocial-educativo respecto de los menores expedientados.
Asimismo, ha añadido que en el Juzgado de lo Social de Melilla se seguía un procedimiento por despido en el que era demandada la empresa de la que es representante legal Carmelo M. L., que asistió a la vista oral que iba a tener lugar el día 17 de octubre de 2018 en la planta séptima de la Torre Norte sita en la Plaza del Mar, vista que finalmente resultó suspendida. A la salida de la sala de vistas –prosigue la sentencia– tras la suspensión, sobre las 11,30 horas, «R.C.M. se acercó a Carmelo M.L. y lo llevó a su despacho en la misma planta donde le explicó que necesitaba dinero para pagar el alquiler de una finca, pidiéndole que le prestara la suma de 1.000 euros».
En este sentido, añade la sentencia, «pudo interpretar Carmelo que R. podía estar ofreciéndole la posibilidad de influir en el resultado del juicio en el Juzgado de lo Social», sin que R. en ningún momento utilizara las palabras «influir ni interceder» ni le dijera que el dinero que le pedía era beneficiarle el día del juicio y sin que R. llegara comentarle nada al Magistrado de Menores y Magistrado de refuerzo del Juzgado de lo Social de Melilla.
Por otra parte, ha apuntado el TSJA, en el Juzgado de Menores de Melilla se tramitaban, respecto del menor M., dos expedientes de reforma, en concreto, un expediente por delito de robo con fuerza en las cosas y otro expediente por delito de amenazas, siendo necesario en ambos la elaboración del correspondiente informe psicosocial-educativo respecto del menor, en los cuales el Equipo Técnico, propone una medida adecuada para el menor, en atención a sus circunstancias personales, familiares y sociales.
Dinero
«En fecha no determinada en el año 2018, R. C. M., aprovechando las entrevistas privadas para la elaboración de los informes con los padres del menor Omar A. M. y Fatima M. B., les solicitó una cantidad de 250 euros, en reiteradas ocasiones, a cambio de mediar con el magistrado para conseguir la imposición de una medida favorable al menor o el archivo de los expedientes, así como a cambio de modificar su petición de medida en los informes» indica la sentencia.
Al respecto, ha subrayado que Fátima le entregó finalmente la cantidad de 200 euros para que mediara a favor del menor e hiciera un informe más favorable al mismo.
La educadora ahora condenada emitió un nuevo informe psicosocial-educativo respecto del menor, cambiando la medida solicitada de libertad vigilada a amonestación, cambio medida solicitada en el informe debido al dinero que le había sido entregado previamente».
A raíz de estos hechos, un Tribunal del Jurado condenó a la educadora del Juzgado de Menores de Melilla como autora de un delito de cohecho a la pena principal de dos años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio de sufragio pasivo, e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante 5 años y multa de 12 meses a razón de 10 euros de cuota diaria. El TSJA ha decidido mantener las penas salvo la inhabilitación, que la circunscribe únicamente a no poder trabajar en los juzgados durante 5 años.
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