Imputados el capitán, un teniente y un sargento por la muerte de dos militares en Cerro Muriano
El tribunal militar los imputa por un presunto delito contra la eficacia del servicio
La acusación particular pide que el caso vuelva a la justicia ordinaria por dos homicidios por omisión
El tribunal militar que investiga la muerte del soldado y el cabo ahogados en el lago de la base de Cerro Muriano (Córdoba) el pasado 21 diciembre ha dictado un auto acordando la imputación del capitán encargado del ejercicio y de otros dos mandos más.
El juez del Tribunal Togado Militar nº 21 de Sevilla, que investiga los hechos tras inhibirse el Juzgado de Instrucción nº 4 de Córdoba, ha decidido imputar al capitán, al que el Ministerio de Defensa apartó de sus funciones tras el suceso, así como a un teniente y un sargento presentes en las maniobras.
Los imputados podrían haber incurrido en un delito contra la eficacia del servicio (artículo 77 del Código Penal Militar), que tiene lugar cuando el militar incumple sus deberes fundamentales causando «grave daño en los medios o recursos de las Fuerzas Armadas o en las personas, o riesgo para el servicio o para la seguridad de una fuerza, unidad o establecimiento de las Fuerzas Armadas».
Recordemos que el abogado de la familia del soldado Carlos León Rico, una de las víctimas, anunció esta semana en rueda de prensa que la denuncia al capitán de Cerro Muriano se había ampliado para que se investigue también al coronel, al teniente coronel y al general de brigada por dos presuntos delitos de homicidio «por dolo eventual y omisión», extendiendo la misma al Ministerio de Defensa como responsable civil subsidiario.
No obstante, los citados delitos no se pueden juzgar en un tribunal militar, por lo que la defensa, que ejerce como acusación particular, interpondrá recurso de apelación ante la Audiencia Provincial para que el caso vuelva al Juzgado de Instrucción nº 4 de Córdoba. Al respecto, la Asociación de Tropa y Marinería Española ha advertido de que en la justicia castrense «hay corporativismo y las sanciones son más benévolas».
La decisión del tribunal militar va en consonancia con lo solicitado por la defensa del cabo Miguel Ángel Jiménez Andújar, la otra víctima, que la pasada semana indicaba que la responsabilidad de los hechos debía recaer en los mandos inferiores y no en la cadena de mando. «Es un planteamiento erróneo» señalar a la cadena de oficiales, recalcó el letrado una entrevista en Canal Sur Radio, en la que optó por apuntar más abajo, a «los suboficiales, el sargento o el teniente» que dieron la orden y eran los encargados de velar por los «requisitos de seguridad que no se llevaron a cabo».
Cúmulo de «negligencias»
En un vídeo difundido este viernes a los medios, Luis Romero, abogado del soldado Carlos León Rico, ha explicado que la imputación de los dos oficiales y el suboficial se debe a que «las medidas de seguridad no cumplieron su función, no había una línea de vida -una cuerda de sujeción que une a los soldados y que se fija fuera del lago-, las mochilas no eran estancas -al llenarse de agua debían servir de flotador- y muchas de ellas tenían un sobrepeso de 3,5 kilos». Además del uniforme, el casco, las botas, el fusil y una mochila de ocho kilos, algunos de los militares llevaban una mina inerte en el macuto como castigo por no ejecutar correctamente ejercicios previos.
«No se trató de un mero accidente, sino de un cúmulo de negligencias y falta de diligencias debidas en la sumersión de 20 militares en un lago helado, casi congelado, y en unas circunstancias que no eran las idóneas», ha apuntado el letrado de la acusación, incidiendo en que se tenía que haber suspendido el ejercicio, que dejó dos víctimas mortales y dos afectados por hipotermia, uno de los cuales entró en parada cardiorrespiratoria.
El abogado ha celebrado que el juez togado militar haya rechazado declarar el secreto de las actuaciones, tal y como pedía la Policía Judicial y la Guardia Civil, ya que ese «oscurantismo propio de otras épocas» vulneraría el «derecho constitucional a un proceso público».
Además, la defensa ha insistido en que «la jurisdicción competente es la ordinaria y no la militar», y por ello presentarán el consiguiente recurso de apelación contra el auto de inhibición del juzgado cordobés. «Tampoco es competente el Tribunal Togado Militar, en todo caso el Tribunal Militar Central, porque seguimos insistiendo en que se debe investigar al comandante, al teniente coronel, al coronel y al general de brigada», ha zanjado.
Por su parte, la ministra de Defensa, Margarita Robles, ha pedido este viernes al juez que la investigación «llegue hasta el final» a fin de esclarecer los hechos y que los militares compañeros de las víctimas «cuenten toda la verdad» y «nadie se calle nada». «Es muy importante que el juez determine las responsabilidades cuanto antes», porque «no puede haber la más mínima sombra de duda sobre el Ejército de Tierra en su conjunto», ha manifestado en una visita al acuartelamiento de Camposoto de San Fernando (Cádiz).
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