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¿Qué son las ‘tarjetas revolving’ contra las que ha fallado el Tribunal Supremo?

El pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha acordado que todos los contratos de las tarjetas revolving, que apliquen un interés de un 27%, con un tipo de interés por encima del precio normal del dinero, deben ser considerados usurarios y por lo tanto deben ser anulados.

tarjetas revolving
Tarjetas de crédito.
Andrea Aguado
  • Andrea Aguado
  • Redactora de economía y coordinadora de OKMOTOR. Amante de las cuatro ruedas y la industria. Antes en informativos de Radio Televisión Castilla y León.

El pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha acordado que todos los contratos de las tarjetas revolving, que apliquen un interés de un 27%, con un tipo de interés por encima del precio normal del dinero, deben ser considerados usurarios y por lo tanto deben ser anulados. El Alto Tribunal sienta así jurisprudencia al pronunciarse sobre una sentencia referida a una tarjeta comercializada por WiZink Bank.

¿Qué es una tarjeta ‘revolving’? Son aquellas tarjetas de crédito en las que se dispone de un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, a través de cuotas periódicas. ¿Su peculiaridad?  La deuda derivada del crédito se renueva mensualmente.

Estas tarjetas se caracterizan porque llevan un límite de crédito establecido, que es el dinero del que podemos disponer. Un dinero que va disminuyendo a medida que vamos realizando cualquier cargo o compra y se repone a través de los pagos de los recibos periódicos que permiten pagar a plazos y hacer uso del crédito disponible. Esto es, a medida que se salda la deuda el dinero vuelve a estar disponible para que el titular de la tarjeta pueda hacer uso de él.

En líneas generales, el titular es el encargado de decidir qué importe debe pagar, pudiendo elegir entre la modalidad de pago total o pago aplazado. En este tipo de tarjetas es muy importante informarse de cómo va a amortizarse la deuda, y la primera elección es en qué plazo.

Una trampa para el consumidor 

Aquí es donde viene uno de las principales características negativas de este tipo de tarjeta:una trampa para el consumidor. Si se opta por el pago total en cualquier fecha que elijamos las entidades no suelen cobrar intereses. Pero si el pago es a plazos se generan intereses, los cuales suelen ser bastante altos.

En definitiva, se trata de otro producto financiero que comercializan las entidades bancarias como si fuera una tarjeta de crédito que aplaza el pago en cuotas mensuales. En este sentido, muchas organizaciones consideran que este producto es demasiado abusivo ya que los intereses se sitúan entre 20 – 30% TAE y pagar la deuda se hace imposible para los consumidores.

Un debate que ha llegado hasta el Tribunal Supremo 

En este contexto, muchos clientes han presentado denuncias y el litigio ha llegado hasta el Tribunal Supremo que ha fallado sobre una sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria de una mujer que contrató una de estas tarjetas en 2012 con un interés del 26,82% TAE.

El artículo 1 de la Ley de Usura, que data de 1908, determina como nulo cualquier contrato de préstamo, extensible a un crédito, en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y desproporcionado, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de una situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales.

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