Los alimentos importados sólo pueden poner la etiqueta ecológica si se producen como los europeos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha fallado contra productos que no cumplan la normativa de la producción ecológica
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha señalado este viernes que la etiqueta de producción ecológica de la Unión Europea sólo se puede poner en un producto importado de un tercer país si cumple todos los requisitos que establecen las normas de la UE.
En su fallo, el tribunal con sede en Luxemburgo indica que está prohibido utilizar el logotipo de producción ecológica de la UE, la etiqueta ecológica»Eurohoja» si el producto está fabricado en un tercer país, «conforme a reglas equivalentes» a las del Derecho de la Unión. Para poder usar ese sello, la producción tiene que ser «conforme» a las propias normas europeas sobre producción ecológica.
La importancia de la Eurohoja
El presidente de Ecovalia, Álvaro Barrera, recordó, con motivo de la campaña de concienciación sobre este sello, que la etiqueta ecológica que «el objetivo de esta acción es muy importante porque, en definitiva, está dirigida al consumidor final. Hay que conseguir que aumente el número de personas que reconocen el sello ecológico, la Eurohoja, y que sean conscientes de la garantía que confiere al producto».
La asociación española, orientada a promover la producción ecológica, ha aprovechado pone en valor la Eurohoja como garante de sostenibilidad económica y ambiental del medio rural, de lucha contra el cambio climático y de la producción de alimentos de calidad. También es una herramienta de la producción ecológica para luchar contra el greenwashing, tal y como indica Ecovalia.
Fabricante alemán
El caso de esta decisión europea tiene su origen de Herbaria, un fabricante alemán, que produce una bebida compuesta de una mezcla de zumos de frutas y de extractos de hierbas que contiene, además de productos ecológicos, vitaminas de origen no vegetal y gluconato ferroso.
Un tribunal alemán ordenó retirar el logotipo de producción ecológica de la Unión porque las normas fijan que sólo se pueden añadir vitaminas y minerales a los productos transformados identificados con el término ecológico si la normativa hace obligatorio su empleo.
Productos importados
En ese momento, Herbaria recurrió el fallo alegando que un producto similar importado de Estados Unidos, que contiene vitaminas de origen no vegetal y minerales, no estaba sometido a esta prohibición. En el caso concreto de Estados Unidos, está reconocido como país tercero cuyas normas de producción y de control son equivalentes a las de la Unión.
Ahora el TJUE establece que un producto importado que haya seguido normas equivalentes de producción «no puede utilizar el logotipo de producción ecológica de la Unión ni usar términos que hagan referencia a dicha producción», señala la sentencia, al entender que «no es plenamente conforme con las normas de producción establecidas por el Derecho de la Unión».
La Justicia europea explica que la finalidad del logotipo ecológico es informar a los consumidores «de forma clara» del hecho de que el producto es «plenamente conforme con el conjunto de prescripciones del Derecho de la Unión, y no simplemente con normas equivalentes a estas».