Hasta 400 euros de multa si llevas esto en la parte trasera de tu coche según la DGT
Conviene esta bien informados o nos expondremos a una multa.
400 personas viven en caravanas en Palma.
Las autocaravanas están de moda.
Acabó ya el mes de julio, aunque parezca mentira, y eso significa que comienza la tercera operación salida veraniega, en la que miles de vehículos se van a desplazar a los diferentes puntos de la geografía de la piel de toro para pasarlo bien en las vacaciones y, con todo ello, la DGT, tiene listos los dispositivos especiales de cara a poder velar por la seguridad de todo el mundo. Los desplazamientos más habituales en este momento del año van a ser por carretera, en la que van a poder verse, además de los turismos, caravanas y autocaravanas, que ahora están bastante de moda para poder viajar. El caso es que la DGT lo que ha hecho es avisar que en el caso de que no se lleve un elemento que se suele ver en esta clase de vehículos, puede haber sanciones de mayor o menor gravedad. ¿Cuál es la multa de 400 euros de la DGT? El que se lleve una bola de remolque en la zona trasera del coche cuando no cumpla las condiciones necesarias, puede terminar suponiendo una multa por valor de 400 euros. En el momento en que dicho elemento se lleve en el coche y no se use al no enganchar con ningún remolque, es posible que obstaculice la visibilidad de la matrícula del vehículo y no se va a poder homologar, puesto que va a ser ilegal y el vehículo no va a pasar la ITV. Por esta razón, parece que no hace muchas más explicaciones respecto a que se debe prestar atención a las normas que siguen las bolas de remolque, puesto que si la matrícula no se ve bien por dicho objeto, es posible que sea motivo de sanción. Cuando se lleve la bola de remolque en la zona trasera del vehículo sin que le demos ningún uso, es posible que sea peligroso si se produce una colisión entre varios coches, o incluso a un peatón. Todo esto hace que sea preciso que sean desmontables o de carácter retráctil para que se puedan retirar de manera sencilla cuando no se haga uso de la misma.
¿Qué dice la DGT sobre el viaje en autocaravana o cámper?
Aprovechamos para comentar más sobre las autocaravanas y campers, que suelen ser grandes desconocidos para algunos potenciales clientes que se piensan el adquirir una, pero no tienen claro todo sobre ellas. Lo primero es saber que son más cómodas y flexibles que si las comparamos con las caravanas remolcadas. En una autocaravana, no existen límites para los pasajeros que puedan viajar en su interior, eso sí, siempre que no se sobre pase la cantidad de plazas que permita el permiso de circulación del coche. En la cabina y habitáculo, es obligatorio el uso del cinturón de seguridad o de un sistema de retención debidamente homologado. Si hablamos de las limitaciones de velocidad, las autocaravanas homologadas cuentan con las mismas que los turismos, aunque la DGT lo que hace es recomendar que se modere la velocidad por el tamaño. En cuanto a la norma para viajar para este 2024, la autocaravana se considera estacionada cuando se aparca en un sitio permitido, sin que sobrepase las marcas viales de delimitación y sin que la actividad en el interior trascienda al exterior. En lo mismo se incluye el que no se desplegarán los elementos tales como los toldos o los soportes de estabilización.
Cuando se acampa solo se permite hacerlo en las zonas que estén habilidades, como pasa con los campings o parkings que se designen en base a las normas de cada comunidad autónoma. De lo contraria, puedes exponerte a una multa.
En el caso de las caravanas, es posible aparcar y estacionar en cualquier sitio adecuado, pero no acampar, por lo que no es posible que se desplieguen elementos externos. Deberán quedar enganchadas al vehículo tractor.
Conoce dos de las multas más habituales en los viajes en autocaravana
De los miedos más importantes cuando nos aventuramos al alquiler de una autocaravana para viajar este verano están las multas. Si se quieren evitar sanciones, es importante saber cuáles son las infracciones más habituales y la forma en la que podemos prevenirlas.
Acampar en la costa
Lo prohíbe la Ley de Costas y las multas por ello van desde los cuarenta euros por metro cuadrado ocupado.
Acampar en espacios protegidos
Está prohibido estacionar en zonas protegidas con importantes sanciones. Esto hace que sea necesario documentarse sobre cuáles son lugares que están autorizados para los campistas.
Esperamos que os haya quedado claro todo este tema que suele ser objeto muchas veces de confusiones y de multas. Nuestra recomendación es intentar siempre estar informados en la página de la DGT.
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