Los Pujol se autoexculpan: creen que les acusan de ser una banda criminal sólo porque son «una tribu»
La familia Pujol cree que la Audiencia Nacional les atribuye un delito de organización criminal por el mero hecho de «ser un Pujol», en una «suerte de responsabilidad de la tribu», sin que el expresidente catalán haya hecho jamás «la más mínima gestión» para favorecer los negocios de sus hijos.
Así lo aduce la defensa de la familia, ejercida por los abogados Cristóbal Martell y Albert Carrillo, en el recurso de apelación que han presentado ante la Audiencia Nacional, contra la decisión del juez José de la Mata de enviar a los Pujol a juicio por formar una organización criminal para enriquecerse durante décadas a través de actividades relacionadas con la corrupción.
En su recurso, los abogados piden que se archive el proceso contra el expresidente catalán Jordi Pujol, su esposa Marta Ferrussola y sus siete hijos, al considerar que el único delito que podrían haber cometido es el de fraude fiscal por los fondos ocultos en Andorra, aunque ya habría prescrito.
La defensa arremete contra la imputación de organización criminal, al entender que el juez ha atribuido a los Pujol de forma «colectiva» una conducta delictiva, en una «suerte de responsabilidad de la tribu» o de «derecho penal de autor (ser un Pujol)», construcciones que a su parecer son «impropias» de un sistema penal garantista como el español.
«Estática y pasiva»
Según sostienen los abogados, era Jordi Pujol Ferrusola quien administraba el legado familiar, de forma que la conducta de su padre, madre y hermanos era «perfectamente estática y pasiva», limitándose a «ser receptores de una corriente monetaria», sin el papel de cooperación que exige el delito de organización criminal.
Los abogados niegan además el blanqueo de capitales que el juez imputó a los Pujol tras concluir que los fondos de la familia procedían de «pagos» de empresarios que pretendían tener una buena relación con ellos para futuros negocios, adjudicaciones ilícitas o contrataciones.
Para la defensa, «bajo esa rumbosa y grandilocuente expresión, idónea para merecer lustrosos titulares en los medios, se cobija la nada», puesto que el juez no concreta la autoridad o funcionario que hubiera sido presionado o influido por algún miembro de los Pujol, más allá de invocar «genéricamente modificaciones de planeamiento urbanístico, adjudicaciones de obras, concursos y concesiones».
«Una larga instrucción de ocho años no ha evidenciado ni puesto de manifiesto, ni indiciaria ni remotamente, que Jordi Pujol Soley hubiera realizado en favor de los clientes de las empresas de su hijo Jordi Pujol Ferrusola la más mínima gestión, sugerencia, invitación o influjo. Ni un solo caso», subraya el recurso.
El auto de la Audiencia Nacional, añaden, no concreta «un negocio familiar en bloque» de la familia, ni identifica gestiones ante funcionarios públicos, ni resoluciones por parte de estos ni un «trato patrimonial de favor hacia los cuatro hermanos Pujol inversores».
Tráfico de influencias
Recuerdan los abogados que en el ordenamiento jurídico español no existe el «delito de enriquecimiento no justificado» y advierten de que el blanqueo de capitales no puede operar como sustitutivo del mismo, pues requiere, «mínimamente, una concreción en la expresión del tráfico de influencias (qué contratos públicos, qué funcionarios públicos, y en relación a qué pagos)».
Para la defensa, el auto de De la Mata «no consigue concretar, ni remotamente, delitos singulares, y mucho menos la ejecución de actos de autoría, más sencillamente, de colaboración, participación, preparación o encubrimiento».
El recurso señala que el primogénito de los Pujol distribuyó entre sus hermanos fondos procedentes del «legado del abuelo» que él gestionaba, entre los años 2000 y 2004, y subraya que, incluso en el caso de que el dinero fuera de procedencia delictiva, ya habrían prescrito los delitos de asociación ilícita y organización criminal que se atribuyen a sus padres y hermanos.
Como ya hiciera durante la instrucción de la causa, la defensa pide que la causa contra los Pujol se remita al Juzgado de instrucción número 31 de Barcelona, que en su día abrió diligencias a raíz de la carta de confesión del expresidente catalán, al entender que el caso no es competencia de la Audiencia Nacional.
A juicio de los letrados, los hechos investigados sucedieron en España, donde están radicadas la mayoría de las empresas de Jordi Pujol Ferrusola que el juez cree instrumentales, y, de acuerdo con la jurisprudencia, no basta con que exista un «segmento del hecho acontecido en el extranjero» para que el caso lo asuma la Audiencia Nacional.
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