España

Batet autorizó el voto de Casero garantizándole que se comprobaría «telefónicamente» después

  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La presidenta del Congreso, Meritxell Batet, autorizó la votación telemática del diputado del Partido Popular, Alberto Casero, bajo los términos de una Resolución de 2012 que le obligaba a revisar el voto y a reunir a la Mesa del Congreso si éste solicitaba con posterioridad votar de manera presencial. El Gobierno logró sacar adelante su reforma laboral el pasado jueves gracias al voto del diputado popular, que sostiene que votó que no, pero el sistema de votación telemática del Congreso contabilizó su voto como un sí. Al comprobar el error, el parlamentario acudió personalmente al Congreso para rectificar y votar desde su escaño, pero Batet se negó a reunir a la Mesa, como era su obligación, y consideró el voto emitido como válido. La norma salió adelante por 175 votos frente a 174.

Comprobar el voto

Sin embargo, el pasado 1 de febrero, la Secretaría General del Congreso autorizó a Casero a emitir su voto de forma telemática, pero garantizándole además que dicha votación se realizaría en los términos de «la Resolución de la Mesa de la Cámara para el desarrollo del procedimiento de votación telemática, de 21 de mayo de 2012».

Dicha Resolución establece en su apartado cuarto que «tras ejercer el voto mediante el procedimiento telemático, la Presidencia, u órgano a quien delegue, comprobará telefónicamente, con el diputado autorizado, antes del inicio de la votación presencial en el Pleno, la emisión efectiva del voto y el sentido de este». OKDIARIO ya reveló que Batet había incumplido la Resolución sobre el voto telemático al no comprobar con el diputado el sentido de su votación.

Autorización a Casero para emitir el voto telemático. (Click en la imagen para ampliar)

Además, en el punto 6 del citado Reglamento se indica que «el diputado que hubiera emitido su voto mediante el procedimiento telemático no podrá emitir su voto presencial sin autorización expresa de la Mesa de la Cámara que, en el supuesto en que decida autorizar el voto presencial, declarará el voto telemático nulo y no emitido». Esto implica que Batet debía haber convocado a la Mesa del Congreso cuando Casero solicitó votar de forma presencial.

La presidenta del Congreso, además, vulneró el propio Reglamento del Congreso que, en su artículo 82, determina que: «La Mesa de la Cámara podrá autorizar en escrito motivado que los diputados emitan su voto por procedimiento telemático con comprobación personal» y que «el voto emitido por este procedimiento deberá ser verificado personalmente mediante el sistema que, a tal efecto, establezca la Mesa y obrará en poder de la Presidencia de la Cámara con carácter previo al inicio de la votación correspondiente». 

El Partido Popular ha dirigido varios escritos a la presidenta del Congreso en los que le piden que convoque la Mesa del Congreso o, en su caso, la Junta de Portavoces. Los populares se reafirman en que se vulneró el derecho al voto de Casero e insisten en que Batet incumplió la Resolución de la Mesa sobre el voto telemático por no convocar a este órgano cuando se le comunicó la anomalía en el voto de Casero.