La Audiencia de Toledo condena a ‘El País’ por vulnerar el honor de una atleta al vincularla al dopaje
El periódico 'El País' tendrá que pagar 7.000 euros a la maratoniana y también las costas de la segunda instancia
La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado al diario El País por vulnerar el honor de una deportista maratoniana por ligarla de forma indebida a un caso de dopaje. Tal como ha podido saber OKDIARIO, el tribunal ha tumbado el recurso de apelación del rotativo del grupo Prisa, ha confirmado la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Toledo y ha condenado al pago de las costas procesales a la empresa editora de ese periódico. Se ratifica, además, la condena a indemnizar con 7.000 euros a la atleta a la que mencionaron a pesar de no estar incursa en el procedimiento penal de esa operación policial antidopaje.
El tribunal, en su sentencia, reconoce que mencionar a la deportista en una noticia sobre tráfico de sustancias dopantes dañó injustificadamente su prestigio profesional al vincularla indirectamente con actividades ilícitas. La mujer compartía domicilio con uno de los investigados pero no quedó acreditado que ella interviniera en la compraventa de sustancias ilegales.
Los hechos se remontan a enero de 2019, cuando el diario El País publicó un artículo titulado Iván Herrero, el traficante que quiere olvidar que delató a sus clientes, sobre una investigación policial que había destapado una red de distribución de sustancias dopantes en el atletismo español.
En un párrafo de la noticia se mencionaba que, según la Policía, varios atletas investigados habían recibido paquetes «enviados a Toledo al domicilio de la maratoniana la pareja del mayor de los hermanos Rey». Esta información resultó ser inexacta, como se demostró en el primer juicio de rectificación que obligó al periódico a corregir la noticia.
La deportista, al no ver atendida la solicitud de rectificación que había dirigido al medio de comunicación que había publicado la noticia, promovió juicio verbal en reclamación de hechos inexactos y perjudiciales, que dio lugar a una sentencia de abril de 2019 del Juzgado de Primera Instancia 55 de Madrid, por la que se estimó íntegramente la demanda. Dicha sentencia fue confirmada en apelación por la dictada por la Audiencia Provincial de Madrid. Finalmente, la noticia fue rectificada en fecha 4 de noviembre de 2019.
Tras esa sentencia la afectada escribió en sus redes: «¿Quién nos va a reparar el daño causado? ¿Qué organismos protegen la imagen y honor de nuestros deportistas? Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, estamos indefensos, nos han destrozado la vida».
Tras esa primera victoria judicial demandó a El País y a los periodistas que firmaron la información. Les demandó por vulneración de su derecho al honor, solicitando una indemnización de 50.000 euros. Argumentaba que la mención a su nombre y condición de maratoniana era completamente innecesaria y dañaba su prestigio profesional, al vincularla indirectamente con un caso de dopaje con el que no tenía nada que ver más allá de estar casada con uno de los investigados.
La Audiencia Provincial de Toledo ha confirmado ahora la condena de primera instancia a El País, que imponía el pago de una indemnización de 7.000 euros. El tribunal reconoce que la noticia era veraz en lo esencial y tenía interés público por tratar sobre una investigación que afectaba a deportistas de élite. Sin embargo, confirma que la inclusión del nombre de la demandante fue «meramente accesoria» e «insidiosa por innecesaria».
La sentencia, ponencia del magistrado Eduardo José Fontán Silva, destaca que el derecho a la libertad de información no ampara el uso de «expresiones innecesarias o que no guarden relación con la información que se divulga», especialmente cuando pueden llevar al público a pensar, por asociación, que la persona mencionada participaba «de forma directa o indirecta en las actividades ilícitas».
Los cinco magistrados rechazan por unanimidad los argumentos del periódico, que alegaba que la mención estaba justificada porque la demandante era una atleta conocida que entrenaba en el mismo grupo que los investigados. El tribunal considera que esto no es relevante, ya que ella no estaba implicada ni en la investigación policial ni en los posteriores procedimientos penal y administrativo.
La indemnización de 7.000 euros se fija exclusivamente por daños morales, al no haberse podido acreditar los perjuicios económicos que la demandante reclamaba por pérdida de patrocinadores y oportunidades profesionales. El tribunal considera que esta cantidad es «razonable y prudente» atendiendo a las circunstancias del caso y al alcance de la difusión de la información.
La condena a El País es firme y contra ella sólo cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El periódico y los periodistas deberán abonar también las costas del proceso de apelación. Este periódico ha optado por omitir el nombre de la víctima de esta intromisión ilegítima en el honor y la intimidad personal ahora confirmada por una segunda instancia.
Los deportistas afectados ya están retirados de la alta competición. Uno de ellos fue plata en el maratón del Mundial de 2003. Esa marca le permitió tener el récord nacional varios años. Fue sancionado en 1999 a dos años sin competir por dopaje al dar dos veces positivo en poco más de un mes. Volvió a competir en 2001 y consiguió sus mejores resultados: además de la plata en el Mundial, logró dos bronces europeos (en 2002 y 2006) y ganó cuatro veces el prestigioso Maratón de Hamburgo (2001, 2003, 2005 y 2006).
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