Anna Gabriel alegará que los delitos imputados por el Supremo son «políticos» para no ser extraditada
Llarena decreta orden de detención contra Anna Gabriel
Anna Gabriel se convierte en la sexta prófuga del independentismo catalán
Anna Gabriel seguirá teniendo acceso al sumario del 1-O en el Supremo a pesar de su huida a Suiza
Anna Gabriel alegará que los delitos que el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena le imputa en la causa del golpismo catalán son «políticos» para no ser extraditada desde Suiza a España. La dirigente de la CUP es investigada por presuntos delitos de rebelión, sedición y malversación
Gabriel aseguraba este martes que se encontraba en Ginebra (Suiza) para no declarar ante el magistrado Llarena. En una entrevista a un medio local, Le Temps, afirmaba que la prensa y el Gobierno español ya le habían condenado: “Como no tendré un juicio justo en mi país, he buscado uno en el que pueda proteger mis derechos”.
Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, la defensa de Gabriel que dirige en España el exdiputado de la CUP Benet Salellas recurrirá al Convenio Europeo de Extradición firmado en París el 13 de diciembre de 1957 para evitar la extradición. El artículo 3 del citado Convenio Europeo de Extradición suscrito por España el 21 de abril de 1982 establece cuatro consideraciones respecto a los denominados «delitos políticos».
En primer lugar, «no se concederá la extradición si el delito por el cual se solicita es considerado por la parte requerida como delito político como hecho conexo con un tanto de tal naturaleza». Además, «se aplicará la misma regla si la parte requerida tuviere razones fundadas para creer que la solicitud de extradición motivada por un delito de naturaleza común, se ha presentado con el fin de perseguir o castigar a una persona por consideraciones de raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas o que la situación de dicha persona corre el riesgo de verse agravada por una u otra de tales consideraciones».
En tercer lugar, «para la aplicación del presente convenio no se considerará como delito político el atentado contra la vida de un jefe de Estado o de un miembro de su familia o los delitos de terrorismo». Por último, «la aplicación del presente artículo no afectará a las obligaciones que las partes hubieren contraído o contrajeren en lo futuro con arreglo a cualquier otro convenio internacional de carácter multilateral».
Gabriel tenía que haber declarado el pasado 14 de febrero en el Supremo junto a su compañera de formación Mireia Boya. Sin embargo, su defensa solicitó cambiar la fecha de la declaración ante Llarena, y el magistrado decidió posponerla a este miércoles.
Tras dar plantón al magistrado quedándose en Suiza, la dirigente de la CUP se convertía en la sexta prófuga del independentismo catalán tras el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont y los exconsellers Clara Ponsatí, Antoni Comín, Meritxell Serret y Lluís Puig. Estos dirigentes independentistas permanecen huidos en Bélgica desde noviembre.
Orden de detención del juez
Precisamente, el juez Pablo Llarena decretaba este miércoles una orden de arresto contra la dirigente de la CUP, Anna Gabriel, fugada a Suiza “ante su incomparecencia hoy ante el instructor, sin alegar causa legítima que se lo impida”. El magistrado no hace referencia a que dicha orden tenga carácter internacional.
Según el auto de Llarena, “en virtud del articulo 487 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, este tipo de incomparecencias sin causa pueden convertirse en orden de detención. Procédase a la apertura de la correspondiente pieza separa de situación, que se encabezará con testimonio de la presente resolución”.
También este miércoles, la Fiscalía solicitaba orden de arresto para Gabriel, tras no comparecer ante el magistrado en la causa del golpismo catalán. En el escrito, el Ministerio Fiscal pedía que “se dicte auto de prisión y una vez acordada ésta se proceda en su momento a cursar la orden internacional de detención a los efectos de la posterior demanda extradicional”.
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